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Legislación y Avisos Oficiales
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Secretaría de Culto CULTO

Resolución 107/2012

Inscríbase en el Registro Nacional de Cultos a la organización denominada Misión Internacional Casa de Dios a las Naciones.

Bs. As., 21/6/2012

VISTO el Expediente Nº 542/2012 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO y lo establecido por el artículo 2° de la Ley Nº 21.745, y

CONSIDERANDO:

Que la organización denominada MISION INTERNACIONAL CASA DE DIOS A LAS NACIONES solicita su inscripción en el Registro Nacional de Cultos.

Que el artículo 14 de la CONSTITUCION NACIONAL establece el derecho de todo habitante de profesar libremente su culto dentro del marco de las leyes que reglamentan su ejercicio.

Que corresponde al PODER EJECUTIVO NACIONAL dictar los reglamentos necesarios para la ejecución de las leyes.

Que la entidad peticionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº 21.745 y su Decreto Reglamentario Nº 2037 de fecha 23 de agosto de 1979.

Que del informe producido por la Dirección General del Registro Nacional de Cultos obrante a fojas 44/45 de las actuaciones citadas en el Visto resulta que, de los antecedentes debidamente evaluados, la institución requirente ha demostrado su carácter religioso de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4° del Decreto Reglamentario Nº 2037/79.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución Nº 1230 de fecha 5 de junio de 2008 del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Por ello,

EL SECRETARIO
DE CULTO
RESUELVE:

Artículo 1° — Inscríbase en el Registro Nacional de Cultos bajo el Nº 4653 a la organización denominada MISION INTERNACIONAL CASA DE DIOS A LAS NACIONES con sede central en la calle Aurelio Garagarza Nº 687, barrio San Miguel, cuidad de Puerto Madryn, provincia del CHUBUT.

Art. 2° — Regístrese la firma del señor D. Luis Osvaldo LLAIPÉN (D.N.I. Nº 24.855.397) en su carácter de Presidente, bajo el Nº 9489 y procédase a extender la documentación correspondiente.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Guillermo R. Oliveri.

Fecha de publicación 28/06/2012