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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Resolución N° 87/2012

Bs. As., 3/4/2012

VISTO el Expediente N° S01:0199383/2005 y sus agregados sin acumular N° S01:0199391/2005, S01:0199396/2005, S01:0199404/2005, S01:0199414/2005 todos del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa INTEGRAL INSUMOS S.C., solicita la inscripción de las creaciones fitogenéticas de alfalfa COYUNDA, DUQUESA, ZARINA, APRO 9-02, APRO 9-01, en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creado por Ley N° 20.247.

Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por el artículo 62 del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por Ley N° 24.376 y el artículo 26 del Decreto N° 2183 de fecha 21 de octubre de 1991, Reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, para el otorgamiento del respectivo título de propiedad.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Comisión Nacional de Semillas, creada por Ley N° 20.247, en su reunión de fecha 14 de junio de 2011, según Acta N° 384, ha aconsejado hacer lugar a lo solicitado.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el artículo 9º del Decreto N° 2817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por Ley N° 25.845.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO
DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA creado por Ley N° 20.247, de las creaciones fitogenéticas de alfalfa COYUNDA, DUQUESA, ZARINA, APRO 9-02, APRO 9-01, solicitada por la empresa INTEGRAL INSUMOS S.C.

ARTICULO 2° — Por la Dirección de Registro de Variedades, expídase el respectivo título de propiedad.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín Oficial y archívese. — Ing. Agr. CARLOS A. RIPOLL, Presidente, Instituto Nacional de Semillas.

e. 29/06/2012 N° 70988/12 v. 29/06/2012

Fecha de publicación 29/06/2012