MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Decreto 976/2012
Designaciones en la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
Bs. As., 26/6/2012
VISTO el Expediente Nº S02:0015945/2011 del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Ley Nº 26.728, los Decretos Nº 491 del 12 de marzo de 2002, Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, y Nº 1787 del 5 de noviembre de 2008, la Disposición de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL Nº 375 del 16 de noviembre de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 7° de la mencionada Ley establece que las jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de las disposiciones del artículo 10 de la mencionada Ley.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio o contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que a través del Decreto Nº 1787/08 se aprobó la estructura organizativa de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR y TRANSPORTE.
Que la Disposición del citado organismo Nº 375/10 aprobó las aperturas inferiores correspondientes a los niveles de Departamento de las áreas de apoyo de dicho Organismo.
Que resulta necesario a fin de lograr la optimización de la gestión del organismo, proceder a la cobertura transitoria de diversos cargos vacantes existentes en la Planta de Personal Permanente de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL exceptuándolos a tal efecto de lo establecido en el artículo 7° de la Ley Nº 26.728, los que deberán ser cubiertos de conformidad con los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el artículo 120 y en el Título II, Capítulos III y IV, del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente Decreto.
Que los agentes propuestos cuentan con la idoneidad necesaria para desarrollar las funciones inherentes a dichos cargos, los que se hallan financiados y vacantes.
Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en la Circular Nº 4 del 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la DIRECCION DE CONTABILIDAD de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL ha certificado la existencia de las partidas presupuestarias necesarias para solventar la presente medida.
Que han tomado la intervención que les compete la DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES Y JURIDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, de los artículos 7° y 10 de la Ley Nº 26.728, y a tenor de lo establecido por el artículo 1° del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Desígnase con carácter transitorio en la Planta Permanente de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, a partir del 1° de enero de 2012, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado del presente, al personal que se detalla en el Anexo I de la presente medida, en el Nivel y Grado del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del referido SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) y a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.728.
Art. 2° — Los cargos mencionados en el artículo 1° deberán ser cubiertos conforme a los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II y IV, y en los Capítulos III, IV y VIII, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del dictado de la presente medida.
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR - O.D. 203 - AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.
ANEXO I
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
DIRECCION DE INFORMATICA
- JEFE DE DEPARTAMENTO INFRAESTRUCTURA INFORMATICA (Nivel B, Grado 0), Sr. D. Aldo Víctor FERREA (D.N.I. Nº 22.596.430).
- JEFE DE DEPARTAMENTO DE DESARROLLO DE SISTEMAS (Nivel B, Grado 0), Sr. D. Maximiliano Oscar VAIO (D.N.I. Nº 24.546.246).
Fecha de publicación 04/07/2012