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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición Nº 115/2012

Registro Nº 545/2012

Bs. As., 23/5/2012

VISTO el Expediente Nº 1.115.785/05 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.487.809/11 agregado a fojas 363 al principal, obra el Acta celebrada por la COMISION PERMANENTE DE APLICACION Y RELACIONES LABORALES del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1229/11 “E” suscripto por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa CASINOS DE MISIONES SOCIEDAD ANONIMA, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes pactaron una suma no remunerativa, conforme surge de los términos y contenido del texto.

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la parte empresaria signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 1304/09.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL
DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:

ARTICULO 1° — Declárese homologado el Acta celebrada por la COMISION PERMANENTE DE APLICACION Y RELACIONES LABORALES del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1229/11 “E” suscripto por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa CASINOS DE MISIONES SOCIEDAD ANONIMA, que luce a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.487.809/11 agregado a fojas 363 al principal, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento de Coordinación registre el Acta, obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.487.809/11 agregado a fojas 363 al principal.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo juntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1229/11 “E”.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Disposición, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo; Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente Nº 1.115.785/05
Buenos Aires, 28 de mayo de 2012
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 115/12 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente Nº 1.487.809/11, agregado como fojas 363 al expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 545/12. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
ACTA DE COPAR CCT 813/06 “E”
En la ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 2 días del mes de diciembre de 2011, se reúnen los representantes de la COMISION PERMANENTE DE APLICACION Y RELACIONES LABORALES (Co.P.A.R.) del Convenio Colectivo de Trabajo 1229/11 “E” encontrándose presentes por el sector Gremial el Secretario General Señor Mariano Zeiss Prieto asistido por la Dra. Luciana Ambrosio, Asesora Legal, en representación del SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ALEARA) y por el sector empresario el Dr. Oscar Raúl Alderete en su condición de Apoderado de la firma CASINOS MISIONES S.A.
Abierto el acto por las representaciones presentes, ambas de común acuerdo expresan que se reúnen a fin de dar tratamiento al pedido sindical de reconocimiento económico al personal por su cumplimento a la asistencia y compromiso, el que persigue la finalidad de brindar una ayuda a los trabajadores durante la época de fin de año.
La representación empresaria por su parte propone iniciar el debate sobre el tema para el cual han sido convocadas, luego del cual ambas partes llegan al siguiente acuerdo:
PRIMERO: La Empresa abonará un reconocimiento de fin de año a todos los trabajadores comprendidos en el CCT vigente, conforme el siguiente detalle:
a) Se abonará la suma de pesos trescientos setenta y cinco ($375.-) a todo el personal. Para aquellos trabajadores con alta posterior al 01/01/2011 se les abonará en forma proporcional a la fecha de ingreso.
b) A la suma antedicha, se adicionará la suma de pesos cuatrocientos treinta y siete con cincuenta centavos ($ 437.50.-) si cumplió con asistencia perfecta en UN solo año calendario durante el período 2008-2011, generando un total de pesos ochocientos doce con cincuenta centavos ($ 812.50).
c) A la/s suma/s antedicha/s, se adicionará la de pesos quinientos ($ 500) si cumplió con asistencia perfecta en DOS años calendarios durante el período 2008-2011, generando un total de pesos mil trescientos doce con cincuenta centavos ($ 1.312.50).
d) A la/s suma/s antedicha/s, se adicionará la de pesos quinientos sesenta y dos con cincuenta centavos ($ 562.50) si cumplió con asistencia perfecta en TRES años calendarios durante el período 2008-2011, mas generando un total de pesos mil ochocientos setenta y cinco ($ 1.875.00).-
e) A la/s suma/s antedicha/s, se adicionará la de pesos seiscientos veinticinco ($ 625.00) si cumplió con asistencia perfecta en los 4 CUATRO años que integran el período 2008-2011, generando un total de pesos dos mil quinientos ($ 2.500.00).-
Estas sumas serán abonadas el día 28 de diciembre del 2011.
Todas las sumas aquí mencionadas son no remunerativas.
SEGUNDO: Las decisiones objeto de la presente acta se toman por unanimidad de los representantes del sector de los trabajadores y empleadores presentes, que integran el quórum suficiente de la presente reunión de la Co.P.A.R., quedando cualquiera de ambas representaciones habilitadas para incorporar la presente como acta complementaria al CCT 1229/11 “E” y peticionar su homologación o registración en el supuesto de considerarlo pertinente y necesario. La contraparte se obliga en tal supuesto a concurrir a ratificar la presente por ante la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO dependiente del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ante el solo requerimiento de la parte presentante. No siendo para más, en la fecha indicada, previa lectura y ratificación de la presente, se da por terminada la reunión.

Fecha de publicación 04/07/2012