MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Decisión Administrativa 423/2012
Apruébanse modificaciones a contrataciones celebradas en el Proyecto del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD ARG/07/007 “Apoyo al Programa de Desarrollo de un Sistema de Formación Continua”.
Bs. As., 28/6/2012
VISTO el Expediente Nº 1.471.948/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.396 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002 y 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, los Documentos del Proyecto del PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO (PNUD) ARG/07/007 “APOYO AL PROGRAMA DE DESARROLLO DE UN SISTEMA DE FORMACION CONTINUA”, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 1º de la Ley Nº 23.396 se aprobó el ACUERDO entre la REPUBLICA ARGENTINA y el PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO (PNUD), firmado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 26 de febrero de 1985.
Que conforme el Decreto Nº 491/02 toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, de personal permanente y no permanente, incluyendo al personal transitorio y contratado, cualquiera fuera su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que el Decreto Nº 601/02 establece en su artículo 1º que las disposiciones del Decreto Nº 491/02 son aplicables, entre otros, a los contratos convenidos para proyectos o programas de cooperación técnica con financiamiento bilateral y multilateral, nacional e internacional, y los que tramiten por acuerdo entre cada Jurisdicción o entidad y el PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO (PNUD).
Que el Decreto Nº 577/03 y sus modificatorios establece que corresponde al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS la aprobación de las contrataciones que se tramiten por acuerdo entre cada jurisdicción y el PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO (PNUD) en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS NUEVE MIL QUINIENTOS ($ 9.500).
Que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha elevado las contrataciones de personal cuya prestación de servicios resulta indispensable para el cumplimiento de los diversos objetivos asignados a la jurisdicción y para asegurar la continuidad y eficiencia de las actividades previstas en el documento del proyecto del PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO (PNUD).
Que en virtud de que en las contrataciones que se impulsan se han pactado importes mensuales superiores a PESOS NUEVE MIL QUINIENTOS ($ 9.500), corresponde que sean aprobadas por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS.
Que ha tomado la intervención que le compete el DIRECTOR NACIONAL del PROYECTO PNUD ARG/07/007 “APOYO AL PROGRAMA DE DESARROLLO DE UN SISTEMA DE FORMACION CONTINUA”.
Que se ha dado cumplimiento a la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 4 del 15 de marzo de 2002.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio del artículo 100, inciso 2), de la Constitución Nacional y del artículo 4º del Decreto Nº 577/03 y sus modificatorios.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º — Apruébanse las modificaciones de las contrataciones suscriptas en el marco del Proyecto del PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO (PNUD) ARG/07/007 “APOYO AL PROGRAMA DE DESARROLLO DE UN SISTEMA DE FORMACION CONTINUA”, de acuerdo con el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.
Art. 2º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del proyecto del PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO (PNUD) ejecutado en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, correspondiente al período de su devengamiento.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Carlos A. Tomada.
ANEXO
C | APELLIDO Y NOMBRE | Tipo Doc. | Número | Función | Rango | Honorario Mensual | Honorario Total | Desde | Hasta | Dedic. | Tipo Contrato | Unidad Organizativa |
1 | GARRIDO, ENRIQUE ETTORE | DNI | 92.532.288 | Coordinador | IV | $ 12.400,00 | $ 49.600,00 | 01/09/2011 | 31/12/2011 | 100% | 07/007 | Sec. de Empleo |
2 | MUÑIZ, MARCELO | DNI | 21.850.131 | Coordinador | I | $ 10.000,00 | $ 40.000,00 | 01/09/2011 | 31/12/2011 | 100% | 07/007 | Sec. de Empleo |
$ 22.400,00 | $ 89.600,00 |
Fecha de publicación 10/07/2012