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30 de Mayo de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano N° 1656, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica que en mérito a lo establecido por las Resoluciones del I.N.A.E.S. se ha ordenado instruir sumario a las entidades que a continuación se detallan: COOPERATIVA AGRICOLA DE COLONIA POLANA LIMITADA, matrícula 4537, Expte. N° 429/12; COOPERATIVA DE TRABAJO PUERTO 2000 LIMITADA, matrícula 22.019, Expte. N° 522/12; COOPERATIVA DE TRABAJO DISTRIBUIDORA DE DIARIOS Y REVISTAS DI LU LIMITADA, matrícula 9329, Expte. N° 106412; COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS PARA PUESTEROS DEL MERCADO DEL NORTE LIMITADA, matrícula 9584, Expte. N° 402/12; COOPERATIVA DE TAMBEROS “LA DEFENSA” LIMITADA, matrícula 4483, Expte. N° 330/12; COOPERATIVA LIMITADA DE PROVISION DE ARTICULOS ALIMENTICIOS, matrícula 4388, Expte. N° 395/12; SOCIEDAD COOPERATIVA DE ENERGIA LIMITADA SAN JOSE, matrícula 4601, Expte. N° 524/12; COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS DE TRANSPORTE DEL PERSONAL DE ACINDAR Y ACINFER LIMITADA DE ARROYO SECO, matrícula 4414, Expte. N° 359/12; COOPERATIVA TAMBERA LIMITADA “14 DE ABRIL”, matrícula 4371, Expte. N° 396/12; COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS PARA MICROEMPRENDEDORES CORDOBA SUQUIA LIMITADA, matrícula 23.610, Expte. N° 383/12; UNION COOPERATIVA DE EMPRENDIMIENTOS MULTIPLES LIMITADA “UCEM”, matrícula 4646, Expte. N° 536/12; COOPERATIVA DE SERVICIOS PUBLICOS BANDERA LIMITADA, matrícula 4382, Expte. N° 394/12 y COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS, CREDITO, CONSUMO Y VIVIENDA PARA MEDICOS TUCUMANA LIMITADA, matrícula 4415, Expte. N° 393/12.
Asimismo, en los expedientes han recaído sendas resoluciones emanadas del Directorio de este Organismo, mediante las que se ordena la instrucción de sumario administrativo, todas ellas con domicilio dentro de la República Argentina. Dichos sumarios tramitarán por el procedimiento abreviado establecido en los Anexos I y II de la Resolución 3369/09, por hallarse suspendidas la autorización para funcionar, en tanto que se encuentran comprendidas en las circunstancias prescripta en los artículos 1° y/o 2° de la Resolución 3369/09. Se notifica, además, que en las actuaciones enumeradas “ut supra” ha sido designada la suscripta como instructora sumariante y en tal carácter se les acuerda a las entidades el plazo de 10 (DIEZ) días, más los que les correspondan por derecho en razón de la distancia (que comenzará a regir transcurridos cinco días de la última publicación), para presentar su descargo y ofrecer la prueba de que intenten valerse (art. 1°, inc. f, aps. 1 y 2, de la Ley 19.549). Admitiéndose sólo la presentación de prueba documental. Intímaselas, asimismo, para que dentro de igual plazo procedan a denunciar su domicilio real y en su caso, a constituir el especial dentro del radio geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme con lo establecido en los artículos 19 a 22 del Decreto N° 1759/72 Reglamentario de la Ley 19.549 (T.O. 1991). Se hace saber a las entidades, que en caso de no ser desvirtuadas las imputaciones de las resoluciones que dieron origen a la apertura de los respectivos sumarios, podría recaer sobre las mismas, la sanción dispuestas por el art. 101, inciso 3, de la Ley 20.337. — Dra. ANDREA DELBONO, Instructora Sumariante, INAES.

e. 25/07/2012 N° 78618/12 v. 27/07/2012

Fecha de publicación 27/07/2012