Secretaría General ADHESIONES OFICIALES
Resolución 789/2012
Declárase de Interés Nacional al “II Forum de Sociología de la Asociación Internacional de Sociología”, a desarrollarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Bs. As., 24/7/2012
VISTO la Actuación Nº 139932-12-2 del registro de la PRESIDENCIA DE LA NACION por medio de la cual tramita la solicitud de declarar de interés nacional al “II Forum de Sociología de la Asociación Internacional de Sociología”, y
CONSIDERANDO:
Que este importante acontecimiento es organizado localmente por la Asociación Latinoamericana de Sociología (ALAS) y la Asociación Argentina de Sociología (AAS).
Que el “Il Forum de Sociología de la Asociación Internacional de Sociología” ofrecerá un amplio espacio de intercambio y debate para los comités de investigación, grupos de trabajo y las asociaciones nacionales, sirviendo de base para futuros proyectos de investigación colaborativa y comparativa a nivel internacional.
Que la Asociación Internacional de Sociología es la más importante organización mundial de Sociología y agrupa a especialistas de los cinco continentes, quienes se espera que concurran en gran número a nuestro país.
Que el sólido prestigio de la entidad organizadora y los antecedentes de eventos científicos y académicos realizados por la misma, así como la alta calificación y relevancia, tanto de los profesionales miembros del Comité Organizador, como de los disertantes del país y del extranjero invitados a participar, hacen merecer el presente pronunciamiento.
Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha tomado la intervención correspondiente, dictaminando favorablemente.
Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 2º, inciso J del Decreto 101/85 y su modificatorio, Decreto 1517/94.
Por ello,
EL SECRETARIO GENERAL
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:
Artículo 1º — Declárase de interés nacional al “II Forum de Sociología de la Asociación Internacional de Sociología”, a desarrollarse del 1 al 4 de agosto de 2012, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Art. 2º — La declaración otorgada por el artículo 1º del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001 - SECRETARIA GENERAL - PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 3º — Regístrese, publíquese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Oscar I. J. Parrilli.
Fecha de publicación 30/07/2012