Secretaría de Culto CULTO
Resolución 145/2012
lnscríbase en el Registro Nacional de Cultos a la organización denominada Iglesia Evangélica Puerta de Bendición.
Bs. As., 17/7/2012
VISTO el Expediente Nº 56.337/2011 del Registro del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y lo establecido por el Artículo 2º de la Ley Nº 21.745, y
CONSIDERANDO:
Que la organización denominada IGLESIA EVANGELICA PUERTA DE BENDICION solicita su inscripción en el Registro Nacional de Cultos.
Que el Artículo 14 de la CONSTITUCION NACIONAL establece el derecho de todo habitante de profesar libremente su culto dentro del marco de las leyes que reglamentan su ejercicio.
Que corresponde al PODER EJECUTIVO NACIONAL dictar los reglamentos necesarios para la ejecución de las leyes.
Que la entidad peticionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº 21.745 y su Decreto Reglamentario Nº 2037 de fecha 23 de agosto de 1979.
Que del informe producido por la Dirección General del Registro Nacional de Cultos obrante a fojas 55/56 de las actuaciones citadas en el Visto resulta que, de los antecedentes debidamente evaluados, la institución requirente ha demostrado su carácter religioso de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 4º del Decreto Reglamentario Nº 2037/79.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución Nº 1230 de fecha 5 de junio de 2008 del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
Por ello,
EL SECRETARIO
DE CULTO
RESUELVE:
Artículo 1º — Inscríbase en el Registro Nacional de Cultos bajo el Nº 4636 a la organización denominada IGLESIA EVANGELICA PUERTA DE BENDICION con sede central en la calle Diamante Nº 4703, Ciudad de Concordia, Provincia de ENTRE RIOS.
Art. 2º — Regístrese la firma del señor D. René Iván ALEGRE (D.N.I. Nº 25.054.954) en su carácter de Presidente, bajo el Nº 9459 y procédase a extender la documentación correspondiente.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Guillermo R. Oliveri.
Fecha de publicación 30/07/2012