INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Por ignorarse el domicilio de la Productora REI CINE S.R.L., el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (INCAA), sito en la calle Lima 319 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, HACE SABER que ha recaído en el expediente Nº 6646/2009/INCAA, caratulado: “Pta. Proyecto Preclasificación en 2da. Vía de ‘VILLEGAS’”, la Disposición Nº 034/2012/INCAA, la cual en su parte pertinente dice así: “…Por ello, EL GERENTE DE FOMENTO DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES RESUELVE: ARTICULO 1º - Prorrógase por el término de CIENTO OCHENTA (180) días el pago de capital de la Cuota A del crédito otorgado por las Resoluciones Nº 2644/10/INCAA y 822/11/INCAA, a los Productores TRESMILMUNDOS CINE S.R.L., PBK S.R.L. Y REI CINE S.R.L. con relación al largometraje titulado “VILLEGAS”, siendo ésta la primera prórroga dada. ARTICULO 2º - La prórroga concedida en el artículo PRIMERO de la presente Disposición, comenzará a correr desde la fecha del vencimiento del crédito otorgado oportunamente, es decir, a contar desde el 7 de junio de 2012 hasta el 7 de diciembre de 2012. ARTICULO 3º - Déjase constancia que el aplazamiento otorgado en el artículo primero no importa la suspensión de la aplicación de los intereses por el término de la misma. ARTICULO 4º - Regístrese, notifíquese a la productora, comuníquese a la Gerencia de Administración y a la Gerencia de Fomento, y oportunamente archívese. DISPOSICION Nº 34. Firmado: Lic. ALBERTO URTHIAGUE, GERENCIA DE FOMENTO, GERENTE.” Asimismo, se le hace saber que podrá interponer los siguientes recursos: revisión (art. 22, inc. a) Ley Nº 19.549) dentro del plazo de diez (10) días hábiles y de treinta (30) días hábiles (artículo 22, incisos b), c) y d) Ley Nº 19.549); reconsideración: diez (10) días hábiles (art. 84, Decreto 1759/72, t.o. 1991); jerárquico: quince (15) días hábiles (art. 89, Decreto 1759/72, t.o. 1991); alzada: quince (15) días hábiles (art. 94, Decreto 1759/72, t.o. 1991); y aclaratoria: cinco (5) días hábiles (art. 102, Decreto 1759/72, t.o. 1991) o la acción judicial pertinente. Queda debidamente notificado de acuerdo con lo establecido en el art. 42 del Decreto reglamentario 1759/72. El presente deberá publicarse por TRES días en el Boletín Oficial. — Dra. ANABEL R. JESSENNE, Jefa Oficina de Notificaciones, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.
e. 01/08/2012 Nº 81243/12 v. 03/08/2012
Fecha de publicación 03/08/2012