MINISTERIO DE EDUCACION
Decisión Administrativa 610/2012
Apruébase contratación en el Programa de Apoyo a la Política de Mejoramiento de la Equidad Educativa de la Subsecretaría de Coordinación Administrativa.
Bs. As., 1/8/2012
VISTO el Expediente Nº 1.007/11 del Registro del MINISTERIO DE EDUCACION, el Contrato de Préstamo Nº 2424/OC-AR suscripto entre la NACION ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003, 2.345 de fecha 30 de diciembre de 2008, 1.248 de fecha 14 de septiembre de 2009, 270 de fecha 3 de marzo de 2011, 1.318 de fecha 29 de agosto de 2011 y la Resolución Nº 513 de fecha 29 de marzo de 2011 del citado Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1º del Decreto Nº 270/11 aprobó el modelo de Contrato de Préstamo mediante el cual el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO concurre con la NACION ARGENTINA en la financiación del PROGRAMA DE APOYO A LA POLITICA DE MEJORAMIENTO DE LA EQUIDAD EDUCATIVA (PROMEDU II).
Que dicho instrumento designa a la DIRECCION GENERAL UNIDAD DE FINANCIAMIENTO INTERNACIONAL dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE EDUCACION y a la UNIDAD DE COORDINACION DE PROGRAMAS Y PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS como Organismos Ejecutores del PROGRAMA DE APOYO A LA POLITICA DE MEJORAMIENTO DE LA EQUIDAD EDUCATIVA quedando facultados para realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del mismo, conforme las normas y procedimientos contenidos en el referido modelo de Contrato.
Que el Programa al que se destinan los recursos tiene como objetivo general apoyar a la estrategia educativa de la REPUBLICA ARGENTINA mediante el financiamiento de actividades que contribuyan con la política de equidad educativa en los niveles inicial, primario y secundario; mejorar la retención y graduación en el nivel secundario y la expansión y el mejoramiento de la infraestructura educativa.
Que mediante el dictado del Decreto Nº 491/02 se estableció que todas las designaciones de personal permanente y no permanente, incluyendo en este último al transitorio y contratado, serán efectuadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o entidad correspondiente.
Que el Decreto Nº 601/02 determina que las disposiciones citadas precedentemente son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual.
Que el Decreto Nº 1.318/11 modificó el Decreto Nº 577/03, estableciendo que toda contratación en las cuales la retribución mensual o el honorario equivalente pactado fuera superior a la suma de PESOS OCHO MIL QUINIENTOS ($ 8.500) será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS.
Que a la referida contratación se le aplican solamente las escalas retributivas obrantes en los Anexos I y II del Decreto Nº 1.318/11, de acuerdo a lo tipificado en el artículo 5º del Decreto Nº 2.345/08 y los artículos 11, 12 y 13 del Anexo I de la misma norma (y en concordancia, los artículos 3 al 10 de la Resolución Nº 37 del 1º de septiembre de 2009 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS), no estando alcanzada por el propio régimen previsto en el Anexo I del Decreto Nº 2.345/08.
Que el MINISTERIO DE EDUCACION ha elevado la propuesta de contratación de UN (1) consultor cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a la mencionada jurisdicción, con el fin de asegurar plenamente la continuidad de las actividades sustantivas, técnicas y operativas para el año 2012, siendo que reúne los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir las tareas que se indican en el caso.
Que el consultor cuya contratación se tramita por la presente medida, presta servicios en dicha Jurisdicción en el marco del Contrato de Préstamo Nº 2424/OC-AR, PROGRAMA DE APOYO A LA POLITICA DE MEJORAMIENTO DE LA EQUIDAD EDUCATIVA (PROMEDU II), por lo que no se hace necesario cumplimentar los recaudos previstos en el artículo 6º del Decreto Nº 601/02.
Que el Párrafo 77 del Acápite C - Punto 3, del Apartado III del Reglamento Operativo del citado Contrato de Préstamo (Selección y Contratación de Consultores) expresa que los contratos de consultoría individual cuyos montos no superen los DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCUENTA MIL (U$S 50.000), serán revisados ex post por parte del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO.
Que la financiación de la contratación que se aprueba por la presente medida será atendida íntegramente con cargo al “PROGRAMA DE APOYO A LA POLITICA DE MEJORAMIENTO DE LA EQUIDAD EDUCATIVA (PROMEDU II) - Préstamo Nº 2424/OC-AR”, de acuerdo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACION.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION ha tomado la intervención de su respectiva competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2, de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 577/03 y sus modificatorios.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º — Apruébase el contrato de locación de servicios del consultor del MINISTERIO DE EDUCACION que se detalla en la planilla que como ANEXO I forma parte integrante de la presente medida y cuyos datos, período y monto a abonar se consignan en el mismo.
Art. 2º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa será atendido con cargo al “PROGRAMA DE APOYO A LA POLITICA DE MEJORAMIENTO DE LA EQUIDAD EDUCATIVA (PROMEDU II) - Préstamo Nº 2424/OC-AR”, de acuerdo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACION para el Ejercicio 2012, de acuerdo al detalle que se indica en el ANEXO II que forma parte de la presente medida.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Alberto E. Sileoni.
ANEXO I
MINISTERIO DE EDUCACION
SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA
PROGRAMA DE APOYO A LA POLITICA DE MEJORAMIENTO DE LA EQUIDAD EDUCATIVA
UNIDAD EJECUTORA CENTRAL | |||||||
APELLIDO Y NOMBRE | C.U.I.T. | TIPO DE CONTRATO | PERIODO | NIVEL Y RANGO | MONTO MENSUAL | MONTO TOTAL | |
MONDINO, ADRIAN AUGUSTO | 20-30057926-5 | LOC. DE SERVICIOS | 01/01/12 AL 31/12/12 | COORDINADOR II 85% | $ 9.180,00 | $ 110.160,00 | |
TOTAL | $ 110.160,00 |
ANEXO II
MINISTERIO DE EDUCACION
SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA
PROGRAMA DE APOYO A LA POLITICA DE MEJORAMIENTO DE LA EQUIDAD EDUCATIVA
IMPUTACION PRESUPUESTARIA
Pg | Act | I | PP | Pp | Mon | FF | IMPORTE TOTAL CONTRATOS |
44 | 13 | 1 | 8 | 7 | 1 | 22 | $ 110.160,00 |
$ 110.160,00 | |||||||
Pg 44: Programa 44: Mejoramiento de la Calidad Educativa | |||||||
Act 13: Actividad 13: Acciones de Apoyo a la Gestión Institucional BID 2424/OC-AR PROMEDU II | |||||||
I 1: Inciso 1: Gastos en Personal | |||||||
PP 8: Partida Principal 8: Personal Contratado | |||||||
Pp 7: Partida parcial 7: Contratos Especiales | |||||||
Mon 1: Moneda 1: Transacción en Moneda Nacional | |||||||
FF 22: Fuente de Financiamiento 22: Crédito Externo |
Fecha de publicación 13/08/2012