MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
Decreto 1375/2012
Dase por designado el Director de Medicina del Trabajo de la Dirección General de Recursos Humanos de la Subsecretaría de Administración y Normalización Patrimonial.
Bs. As., 9/8/2012
VISTO el Expediente Nº S01:0514016/2011 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, las Leyes Nros. 25.164, 26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2.053/10 y complementada por el Decreto Nº 2.054/10 y 26.728, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 7º de las Leyes Nros. 26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2.053/10 y complementada por el Decreto Nº 2.054/10 y 26.728, se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de las mismas, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del Artículo 10 de las citadas Leyes.
Que el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que el inciso f) del Artículo 5º, del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, establece como impedimento para el ingreso en la Administración Pública tener la edad prevista en la ley previsional para acceder al beneficio de la jubilación.
Que el Artículo 5º del Anexo I del Decreto Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, determina el procedimiento de excepción para autorizar la incorporación de las personas alcanzadas por el impedimento aludido en el considerando precedente.
Que en virtud de específicas razones de servicio de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, se considera necesaria la cobertura de UN (1) cargo vacante Nivel B, Función Ejecutiva Nivel III, de Director de Medicina del Trabajo existente en la Planta Permanente de la Dirección General de Recursos Humanos de la mencionada Subsecretaría.
Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante una excepción a lo dispuesto en el Artículo 5º, inciso f) del Anexo de la Ley Nº 25.164 y a lo establecido en el Artículo 7º de las Leyes Nros. 26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2.053/10 y complementada por el Decreto Nº 2.054/10 y 26.728.
Que el profesional propuesto reúne los requisitos de experiencia e idoneidad para cubrir dicho cargo.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.
Que se encuentran reunidos los requisitos exigidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los Artículos 7º y 10 de las Leyes Nros. 26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2.053/10 y complementada por el Decreto Nº 2.054/10 y 26.728 y el Artículo 1º del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Dase por designado con carácter transitorio, a partir del 19 de diciembre de 2011 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al Doctor Don Carlos Alberto FALASCA (M.I Nº 4.530.133), en el cargo de Director de Medicina del Trabajo de la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, Nivel B, autorizándose el correspondiente pago de Función Ejecutiva, Nivel III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, con carácter de excepción a lo previsto en el Artículo 5º, inciso f) del Anexo de la Ley Nº 25.164 y a lo dispuesto por el Artículo 7º de las Leyes Nros. 26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2.053/10 y complementada por el Decreto Nº 2.054/10 y 26.728.
Art. 2º — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.) dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 19 de diciembre de 2011.
Art. 3º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Hernán G. Lorenzino.
Fecha de publicación 16/08/2012