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30 de Abril de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL

EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano Nº 1656, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica que en mérito a lo establecido por Resoluciones del Directorio del I.N.A.E.S. se ha resuelto instruir sumario a las entidades que a continuación se detallan: COOPERATIVA AGRARIA BONAERENSE DE MARTINES DE HOZ LIMITADA, EXPEDIENTE Nº 777/10, MATRICULA Nº 2405, RES. Nº 1931/10. ASOCIACION MUTUAL PITAGORA EXPEDIENTE Nº 355/11, MATRICULA Nº CF 2421 RES. Nº 2095/10. ASOCIACION MUTUAL METALURGICA MANUEL BELGRANO, EXPEDIENTE Nº 162/11, MATRICULA Nº SF 1354, RFES. Nº 1170/11. ASOCIACION MUTUAL CORRENTINA DE DOCENTES, EXPEDIENTE Nº 673/11, MATRICULA Nº CORR. 48, RES. Nº 1535/11. ASOCIACION MUTUAL DE SERVICIOS ASISTENCIALES (AMSA) - ALTO VALLE OESTE. EXPEDIENTE. Nº 98/11, MATRICULA Nº RN 87, RES. Nº 1533/11. Se notifica que en los expedientes mencionados precedentemente se ha resuelto; VISTO; el presente expediente y atento que la entidad en cuestión se encuentra encuadrada dentro de las prescripciones contenidas en los artículos Nº 1 y/o Nº 2 de la Resolución Nº 3369/09 y por lo tanto se encuentra suspendida su autorización para funcionar, en virtud de lo previsto en el Anexo II de la Resolución Nº 3369/09, por lo expuesto y en atención al estado de los presentes actuados adécuese a lo dispuesto a la resolución mencionada, a tal fin publíquese edicto en el boletín oficial por el término de tres días, haciéndole saber a la sumariada sobre la iniciación de las presentes actuaciones, pudiendo dicha entidad, en plazo de 10 (diez) días hábiles, más los plazos ampliatorios que correspondan en razón de la distancia (art. 1 inc. f ley 19549), para las entidades que se encuentran fuera del radio urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, presentar descargo y ofrecer sólo prueba documental que haga a su derecho. Dicho plazo comenzará a regir desde el último día de la publicación del presente. También se notificará que dentro del mismo plazo deberá constituir domicilio en legal forma bajo apercibimiento de continuar el trámite sin su intervención, de sus apoderados o de sus representantes legales (Arts. 19, 20, 21 y 22 del Decreto Reglamentario 1759/72 t.o. 1991). Se hace saber a las entidades que de no ser desvirtuadas las imputaciones de las resoluciones que dieron origen a la iniciación del respectivo sumario, cuyo número se indicará en el pertinente edicto, podría recaer sobre las entidades Mutuales la sanción prevista en el Art. 35 inc. D de la Ley 20.321. Vencido el término se emitirá una disposición sumarial que dé por concluido el sumario, evaluando en su caso el descargo y la prueba aportada; aconsejando la medida a adoptar. Notifíquese que el Suscripto ha sido designado Instructor Sumariante por orden de la Secretaria de Contralor. — Dr. CARLOS R. GONZALEZ, Instructor Sumariante, I.N.A.E.S.

e. 16/08/2012 Nº 85662/12 v. 21/08/2012

Fecha de publicación 16/08/2012