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9 de Junio de 2006

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Secretaría General ADHESIONES OFICIALES

Resolución 831/2012

Declárase de Interés Nacional a las “V Jornadas Internacionales de Derecho Aduanero” a realizarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Bs. As., 6/8/2012

VISTO la Actuación Nº 146661.12.2 del registro de la PRESIDENCIA DE LA NACION por medio de la cual tramita la solicitud de declarar de interés nacional a las “V Jornadas Internacionales de Derecho Aduanero”, a realizarse del 7 al 9 de agosto de 2012 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y

CONSIDERANDO:

Que este evento es organizado por la Asociación Argentina de Estudios Fiscales, asociación civil con personería jurídica desde el año 1964, destacándose entre sus objetivos el promover la investigación y el estudio del derecho fiscal.

Que entre los temas a tratar en las jornadas se destacan “Propuestas para la armonización de las normas impositivas, aduaneras y cambiarías aplicables al comercio exterior” y “Nuevas regulaciones administrativas en materia de importaciones y exportaciones”.

Que las anteriores ediciones de este evento han merecido ser declaradas de interés nacional.

Que la calidad de la institución convocante, la jerarquía y antecedentes de los participantes, hacen oportuno el dictado del presente acto administrativo.

Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha tomado la correspondiente intervención, no teniendo objeciones para el otorgamiento del presente acto.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 2º, inciso J del Decreto 101/85 y su modificatorio, Decreto 1517/94.

Por ello,

EL SECRETARIO GENERAL
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:

Artículo 1º — Declárase de interés nacional a las “V Jornadas Internacionales de Derecho Aduanero”, a realizarse del 7 al 9 de agosto de 2012 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art. 2º — La declaración otorgada por el artículo 1º del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001 - SECRETARIA GENERAL - PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 3º — Regístrese, publíquese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Oscar I. J. Parrilli.

Fecha de publicación 21/08/2012