JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decreto 1533/2012
Designaciones en la Subsecretaría de Tecnologías de Gestión de la Secretaría de Gabinete y Coordinación Administrativa.
Bs. As., 29/8/2012
VISTO el Expediente CUDAP Nº 10013/2012 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 26.728, el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, y lo solicitado por la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 26.728 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2012.
Que por el artículo 7º de la citada Ley se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes y financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que en la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se encuentran vacantes, diversos cargos financiados, cuya cobertura se impone con cierta inmediatez frente a la necesidad de cumplir en tiempo y forma las exigencias del servicio.
Que por el artículo 10 de la Ley Nº 26.728, se dispuso que las facultades otorgadas al señor Jefe de Gabinete de Ministros, podrán ser asumidas por el Poder Ejecutivo Nacional, en su carácter de responsable político de la Administración General del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno.
Que el Decreto Nº 601/02, en su artículo 6º, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular del Secretario Legal y Técnico de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 4/02.
Que los agentes involucrados en la presente medida, han dado cumplimiento a lo establecido en el referido artículo 6º del Decreto Nº 601/02 reglamentario del Decreto Nº 491/02.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención correspondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, a tenor de lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02 y lo normado por los artículos 7º y 10 de la Ley Nº 26.728.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Danse por designados con carácter transitorio por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a partir de las fechas que en cada caso se indican, al personal consignado en la planilla que como Anexo I forma parte integrante del presente acto, y de acuerdo con el detalle obrante en el mismo, autorizándose los correspondientes pagos de las Funciones Ejecutivas del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por Decreto Nº 2098/08, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 26.728, y con autorización excepcional por no cumplir con los requisitos mínimos del artículo 14 del Convenio citado precedentemente en el caso exclusivo del Dr. D. Horacio Daniel GAUDIO.
Art. 2º — Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098/08 dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de las fechas que en cada caso se indican.
Art. 3º — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina.
ANEXO I
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION
OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIAS DE INFORMACION | |||||
APELLIDO Y NOMBRES | DNI. Nº | NIVEL GRADO | FE | FUNCION | DESDE |
BARROS, Fabián Daniel | 16.580.707 | B-0 | III | Director de Aplicaciones | 1/03/2012 |
ETCHEVERRY, Pablo Javier | 24.873.436 | B-0 | III | Director de Recursos Informáticos | 1/03/2012 |
OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES | |||||
APELLIDO Y NOMBRES | DNI. Nº | NIVEL GRADO | FE | FUNCION | DESDE |
GAUDIO, Horacio Daniel | 16.436.513 | B-0 | III | Director de Sistemas de Información y Transparencia | 15/03/2012 |
Fecha de publicación 04/09/2012