MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Decreto 1523/2012
Traslado de funcionario.
Bs. As., 29/8/2012
VISTO el Expediente Nº 4934/2012 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, el Decreto Nº 339 de fecha 10 de abril de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que por el decreto mencionado en el Visto se destinó desde el entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO al Consulado General y Centro de Promoción Argentina en la Ciudad de San Pablo, REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, al funcionario del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), Agrupamiento Profesional, Nivel A, D. Gustavo Adolfo DE PAOLI.
Que por el expediente citado en el Visto se tramita el traslado a la República del mencionado funcionario, toda vez que el mismo reúne los requisitos legales exigidos para iniciar los trámites para la obtención del beneficio previsional.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha intervenido de conformidad en el ámbito de su respectiva competencia.
Que la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA, la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL, la SECRETARIA DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES y la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido de conformidad en el ámbito de sus respectivas competencias.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 99, inciso 1° de la CONSTITUCION NACIONAL y el Artículo 97, inciso 3 del Reglamento de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957, aprobado por el Decreto Nº 1973 de fecha 28 de octubre de 1986.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Trasládase desde el Consulado General y Centro de Promoción Argentina en la Ciudad de San Pablo, REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, al señor funcionario del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), Agrupamiento Profesional, Nivel A, D. Gustavo Adolfo DE PAOLI (LE. Nº 8.348.087).
Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto deberá atenderse con cargo a las respectivas partidas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Héctor M. Timerman.
Fecha de publicación 04/09/2012