Secretaría General ADHESIONES OFICIALES
Resolución 892/2012
Declárese de Interés Nacional al “2° Encuentro de la Asociación Latinoamericana de Operadores de Agua y Saneamiento - ALOAS”, a realizarse en la Provincia de Buenos Aires.
Bs. As., 3/9/2012
VISTO la Actuación Nº 146551.12.2 del registro de la PRESIDENCIA DE LA NACION por medio de la cual tramita la solicitud de declarar de interés nacional al “2° Encuentro de la Asociación Latinoamericana de Operadores de Agua y Saneamiento - ALOAS”, a realizarse del 19 al 21 de septiembre de 2012 en la Provincia de Buenos Aires, y
CONSIDERANDO:
Que este evento es organizado por la Asociación Latinoamericana de Operadores de Agua y Saneamiento, por el Mejoramiento de los Servicios, destacándose entre los objetivos de la institución el promover y fortalecer el desarrollo institucional de los entes prestadores de los servicios de suministro de agua potable.
Que este Encuentro espera profundizar en el intercambio de experiencia de las empresas del sector bajo los principios internacionales, regionales y locales reconocidos en materia de salud, salubridad, desarrollo humano, sustentabilidad y protección al medio ambiente.
Que la calidad de la institución convocante, la jerarquía y antecedentes de los participantes, como así también la finalidad perseguida con su realización, hacen oportuno el dictado del presente acto administrativo.
Que se le ha dado intervención al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO y al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 2°, inciso J del Decreto 101/85 y su modificatorio, Decreto 1517/94.
Por ello,
EL SECRETARIO GENERAL
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:
Artículo 1° — Declárese de interés nacional al “2° Encuentro de la Asociación Latinoamericana de Operadores de Agua y Saneamiento - ALOAS”, a realizarse del 19 al 21 de septiembre de 2012 en la Provincia de Buenos Aires.
Art. 2° — La declaración otorgada por el artículo 1° del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001 - SECRETARIA GENERAL - PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 3° — Regístrese, publíquese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Oscar I. J. Parrilli.
Fecha de publicación 07/09/2012