INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución Nº 2089/2012
Bs. As., 11/9/2012
VISTO el expediente Nº 5448/2012; la Ley 17741 (t.o. 2001), la Ley Nº 26.522, el Decreto Nº 1248/01, el Decreto Nº 1536/02, el Decreto Nº 1552/10 y el Decreto Nº 345/12, y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de los objetivos establecidos en las normativas citadas en el visto de la presente, mediante Resolución Nº 1879 del 21 de agosto del 2012/INCAA, se creó en el ámbito de la Presidencia del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, el Programa de Digitalización de Salas Cinematográficas, cuyo principal objetivo es lograr la digitalización, reconversión, reestructuración y modernización de las salas de exhibición cinematográfica de la República Argentina.
Que en el artículo 3° de la citada Resolución Nº 1879/12 se previó la designación de un Coordinador del mencionado Programa de Digitalización que tendrá las facultades organizativas indicadas en los artículos 4° y 5° de la precitada Resolución.
Que se cuenta con los antecedentes del especialista Sr. Ariel, DIRESE - CUIL 20-23968969-9, que reúne las condiciones de idoneidad y capacitación para el desempeño de dicho cargo.
Que de acuerdo con el convenio colectivo sectorial homologado por Decreto 1032/09, por la función a desempeñar, su designación debe equipararse al nivel B, grado 0 del citado convenio.
Que las facultades para la aprobación del acto se encuentran previstas en la Ley 17.741 y sus modificatorias y el Decreto 1536/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Desígnese al Sr. Ariel, DIRESE - CUIL 20-23968969-9 en forma transitoria por el término de 180 (CIENTO OCHENTA) días, en la función de Coordinador del Programa de Digitalización de Salas Cinematográficas dependiente de la Presidencia del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales, a partir de la fecha de notificación de la presente, conforme lo previsto en el artículo 3° de la Resolución Nº 1879/12.
ARTICULO 2° — El Coordinador designado por el artículo 1° de la presente, se ajustará en sus funciones a lo establecido en los artículos 4° y 5° de la Resolución Nº 1879/12, y percibirá una remuneración mensual en carácter de personal de planta no permanente, equiparada al nivel B, grado 0 del Convenio Colectivo Sectorial INCAA-Homologado por Decreto 1032/09.
ARTICULO 3° — Regístrese, notifíquese, publíquese y dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archívese. — LILIANA MAZURE, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.
e. 18/09/2012 N° 95691/12 v. 18/09/2012
Fecha de publicación 18/09/2012