Secretaría General CONGRESOS
Resolución 939/2012
Declárase de Interés Nacional al “7° Congreso y Exposición para la Producción Farmacéutica”, a realizarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Bs. As., 14/9/2012
VISTO la Actuación Nº 134698.12.2 del registro de la PRESIDENCIA DE LA NACION por medio de la cual tramita la solicitud de declarar de interés nacional al “7° Congreso y Exposición para la Producción Farmacéutica”, a realizarse del 16 al 19 de octubre de 2012 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y
CONSIDERANDO:
Que este evento es organizado por la firma ETIF S.A., empresa creada en el año 1998 con el objetivo de ofrecer una exposición relevante para el ambiente farmacéutico, lo cual viene realizando en forma bianual, siendo la presente su séptima edición.
Que el congreso a desarrollar contará con un importante nivel académico, lo que permitirá a los profesionales del sector ampliar y actualizar sus conocimientos.
Que el MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA ha declarado el auspicio para la realización del evento mediante el dictado de la Resolución Nº 1241 del 15 de diciembre de 2012.
Que la calidad de la institución organizadora, la jerarquía de los expositores como así también la finalidad perseguida con su realización hacen oportuno el dictado del presente acto administrativo.
Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO manifiesta que no tiene objeciones para el dictado del presente.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 2°, inciso J del Decreto 101/85 y su modificatorio, Decreto 1517/94.
Por ello,
EL SECRETARIO GENERAL
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:
Artículo 1° — Declárase de interés nacional al “7° Congreso y Exposición para la Producción Farmacéutica”, a realizarse del 16 al 19 de octubre de 2012 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Art. 2° — La declaración otorgada por el artículo 1° del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la Jurisdicción 2001 - SECRETARIA GENERAL - PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 3º — Regístrese, publíquese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Oscar I. J. Parrilli.
Fecha de publicación 19/09/2012