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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Decisión Administrativa 834/2012

Autorízase contratación en la Dirección de Promoción de Exportaciones.

Bs. As., 17/9/2012

VISTO el Expediente Nº 6975/2011 del Registro del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, y 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, las Decisiones Administrativas Nros. 3 de fecha 21 de enero de 2004, 1151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución Nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 9º del Anexo de la Ley Nº 25.164 prevé un régimen de contrataciones de personal por tiempo determinado que comprende la prestación de servicios de carácter transitorio o estacional.

Que la Resolución Nº 48/02 de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS aprueba las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones de personal a celebrar según lo establecido en el Artículo 9º del Anexo de la Ley Nº 25.164 y su Decreto Reglamentario Nº 1421/02.

Que las Decisiones Administrativas Nros. 3/04, 1151/06 y 52/09 establecen las pautas de equiparación para la fijación de la remuneración que corresponda asignar al personal contratado, de conformidad con las previsiones del Artículo 9º del Anexo de la Ley Nº 25.164, en relación con el adicional por grado del Régimen Escalafonario que resulte de aplicación al Personal de la Planta Permanente de la Jurisdicción.

Que como consecuencia del dictado del Decreto Nº 491/02 y su Decreto Reglamentario Nº 601/02 el PODER EJECUTIVO NACIONAL ha asumido el control directo e inmediato de las designaciones, contrataciones, incluyendo renovaciones y prórrogas, y movimientos de personal en el ámbito de su competencia.

Que conforme a lo previsto en el Decreto Nº 577/03 y sus modificatorios, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto posee la facultad para aprobar toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación incluyendo aquellas regidas por la Ley Nº 25.164 en oportunidad de que la retribución mensual o el honorario equivalente pactado fuera inferior a la suma de PESOS OCHO MIL QUINIENTOS ($ 8.500.-).

Que el Decreto Nº 2098/08 homologa el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), el cual en su Artículo 14 requiere, para el acceso al Nivel Escalafonario B la posesión de título universitario de grado correspondiente a carrera de duración no inferior a CUATRO (4) años, o título de carreras universitarias o terciarias de duración no inferior a TRES (3) años, atinente a la función o puesto a desarrollar y experiencia laboral en la especialidad correspondiente a las funciones a desempeñar.

Que la señora Da. Ingrid EVERETT no reúne los requisitos previstos en el Artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SINEP para el acceso al Nivel Escalafonario propuesto, sin perjuicio de contar con la idoneidad y experiencia necesarios para el desempeño de las actividades y el logro de los objetivos que constituyen el objeto de su contratación.

Que el Decreto Nº 1421/02 establece la reglamentación de la Ley Nº 25.164 y prevé en su Artículo 9º, último párrafo, que el Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones a los requisitos mínimos establecidos para el acceso a cada nivel o posición Escalafonaria mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la Jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.

Que la Decisión Administrativa Nº 3/04, y sus modificatorias, estableció en su Artículo 3º inciso c) que “en caso de propiciarse la designación o contratación de personal no permanente para cumplir funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral y que no reúna los requisitos previstos para el Nivel Escalafonario con el cual se lo equipara, el titular de la respectiva Jurisdicción o entidad descentralizada solicitará la autorización correspondiente al Jefe de Gabinete de Ministros, mediante actuación fundada en la que deberá certificar la idoneidad pertinente al objeto de la prestación”.

Que atento el carácter de la presente medida se consideran cumplimentados los requisitos normados por la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 4/02 según establece el Artículo 6º del Decreto Nº 601/02.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, en el marco de su competencia, no tiene objeciones legales que formular al dictado del presente acto administrativo.

Que han brindado su conformidad la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA, la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL y la SECRETARIA DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 100 inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y el último párrafo del Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1º — Autorízase como excepción a lo previsto en el inciso c) punto II del Artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO proceda a contratar a la señora Da. Ingrid EVERETT (D.N.I. Nº 27.659.913), equiparando su remuneración al Nivel Escalafonario B Grado 0 del escalafón SINEP, en los términos del Artículo 9º del Anexo de la Ley Nº 25.164, su reglamentación y pautas de aplicación, aprobadas por el Decreto Nº 1421/02 y la Resolución Nº 48/02 de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a partir del 1º de abril de 2012 y hasta el 31 de diciembre de 2012, a fin de prestar funciones en la Dirección de Promoción de Exportaciones.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Héctor M. Timerman.

Fecha de publicación 21/09/2012