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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL SINDICATO DE EMPLEADOS Y OBREROS MUNICIPALES DE PALPALA, APROBADO POR RESOLUCION M.T.E. Y S.S. Nº 1259/11.

ARTICULO 1° — Se denomina SINDICATO DE EMPLEADOS Y OBREROS MUNICIPALES DE PALPALA a la entidad sindical de primer grado, con domicilio real en calle Incas Nº 374 del Barrio San Martín de la ciudad de PALPALA, departamento homónimo de la provincia de Jujuy (República Argentina).
Su ámbito de representación personal agrupará a los trabajadores, empleados y obreros que se desempeñen bajo relación de dependencia con la Municipalidad de la ciudad de Palpalá y Comisiones Municipales del Departamento Palpalá de la Provincia de Jujuy (RA), en carácter de permanentes, transitorios, contratados, quedando excluidos los trabajadores jerarquizados según las normas de aplicación, y a los pasivos que hayan alcanzado esta situación mientras se desempeñaban en la actividad, profesión o categoría enunciadas y siempre que al momento de acogerse a dicho beneficio revestía el carácter de afiliado a la entidad.
Su zona de actuación será en el ejido municipal de la ciudad de PALPALA, departamento homónimo de la provincia de Jujuy (República Argentina).
ARTICULO 2° — La entidad tendrá los objetivos y fines que se indican a continuación:
a) Proceder al mejoramiento como institución gremial de todos sus afiliados, establecer lazos de sociabilidad y cultura entre los mismos y el desarrollo de las actividades deportivas en todos sus aspectos;
b) Representar a los trabajadores, empleados y obreros municipales de Palpalá ante los Poderes Públicos;
c) Defender los derechos e intereses de los trabajadores, empelados y obreros municipales de Palpalá, procurando por todos los medios a su alcance el cumplimiento de las leyes, decretos y ordenanzas que les sean atinentes;
d) Promover la modificación de la legislación en todos sus aspectos con el objeto de mejorar la condición económica, social o cultural del trabajador, empleado y obrero municipal del departamento Palpalá, activo y pasivo;
e) Promover el desarrollo de los beneficios sociales, previsión social y demás conquistas que hagan al bienestar del sector que representa;
f) Estimular objetivos de cooperación y mutualidad que mejoren el medio de vida de la familia municipal de la ciudad de Palpalá.
g) Adherirse a otras organizaciones gremiales de mayor amplitud de acción e intervenir en congresos y demás actos que propendan a obtener conquistas sociales y económicas para el trabajador, empleado y obrero municipal de Palpalá, sin perjuicio de tener relaciones y colaboración con otras organizaciones sindicales si así fuera necesario;
h) Auspiciar y apoyar acciones que signifiquen mejoras, bienestar social y económicos al afiliado, intergremiales e intersindicales dentro del organismo de la Municipalidad de Palpalá, sin perjuicio de tener relaciones y colaboración con otras organizaciones sindicales si así fuera necesario;
i) Acogerse voluntariamente al régimen de crédito que otorgue el Banco Hipotecario Nacional, Banco de la Nación Argentina u otras instituciones crediticias a las organizaciones gremiales, quedando excluido de este Sindicado todo propósito de lucro.
j) Auspiciar y apoyar acciones para conseguir sede propia.
ARTICULO 29° — El sindicato será dirigido y administrado por una Comisión Directiva compuesta por once (11) miembros titulares, que desempeñarán los siguientes cargos:
Secretario General, Secretario Adjunto, Secretario de Organización, Secretario de Asuntos Laborales, Secretario de Finanzas y Administración, Secretario de Acción Social y Secretario de Capacitación, Cultura y Difusión y cuatro Vocales Titulares.
Habrá además cuatro (4) vocales suplentes que sólo integrarán la Comisión Directiva en caso de licencia, renuncia, fallecimiento o separación del cargo de los titulares.
El mandato de los miembros de la Comisión Directiva durará cuatro (4) años y sus integrantes podrán ser reelectos.
MIRTA G. DE PASCOLINI, Jefa Administrativa, Departamento Estructura Sindical.

Fecha de publicación 21/09/2012