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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1123/2012

Registro Nº 900/2012

Bs. As., 31/7/2012

VISTO el Expediente Nº 1.492.426/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 82/83 del Expediente Nº 1.492.426/12 obra el Acuerdo con Anexo celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA (SMATA) por la parte trabajadora, y por la parte empleadora, la empresa MITHRA SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por el acuerdo de marras las partes convienen un incremento salarial para los trabajadores de la empresa comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1054/09 “E”, en los valores, condiciones y vigencia estipulados en el mismo.

Que es dable indicar en relación a lo pactado que, tanto el ámbito personal como el territorial de aplicación, quedan estrictamente circunscriptos a la correspondencia de la representatividad de los agentes negociales signantes.

Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y solicitaron su homologación.

Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que, por último, correspondería, una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el cálculo del tope previsto en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo con Anexo celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA (SMATA) y la empresa MITHRA SOCIEDAD ANONIMA glosado a fojas 82/83 del Expediente Nº 1.492.426/12.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente acuerdo, obrante a fojas 82/83 del Expediente Nº 1.492.426/12.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada de la presente Resolución al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope lndemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se homologan, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación, de carácter gratuito, del Acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.492.426/12
Buenos Aires, 2 de agosto de 2012
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1123/12 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 82/83 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 900/12. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
ACTA ACUERDO
En la ciudad de Luis Guillón, partido de Esteban Echeverría, a los 15 días del mes de marzo de 2012 se reúnen: Mithra S.A. representada en este acto por el Sr. Marcelo Rocca apoderado y por la otra el Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor (SMATA) representada en este acto por los Sres.: Ricardo Pignanelli, Mario Manrique, Gustavo Morán, Francisco Malvaso, Hugo Gaeta, Mario Auban, quienes en conjunto convienen.
PRIMERA: Con retroactividad al 1ro. de marzo de 2012, los salarios del personal amparados bajo en CCT 1054/09 vigente desde el 01/08/2010 se incrementan en un 7%. Se adjuntan en el ANEXO 1 las nuevas escalas salariales resultantes que regirán a partir del 1ro. de marzo de 2012 y hasta el 31 de mayo de 2012, siendo éste el plazo de vigencia del presente acuerdo.
SEGUNDA: Durante el período de vigencia del presente acuerdo el incremento salarial acordado absorberá y compensará hasta su concurrencia cualquier aumento, incremento y/o mejora, y/o beneficio, y/o ajuste salarial que se otorgue y que pudiere disponer el Poder Ejecutivo Nacional o Provincial y/o Poder Legislativo, ya sea por vía legal, reglamentaria, o por otra vía ya sea con carácter remunerativo o no remunerativo, aun cuando dicho incremento se disponga sobre las remuneraciones normales, habituales, nominales y/o permanentes o sobre los básicos convencionales o sobre cualquier otro tipo de remuneración o pago alguno.
TERCERA: En virtud del acuerdo alcanzado, los REPRESENTANTES DEL PERSONAL reconocen que el mismo evidencia una justa composición de intereses vinculada a la retribución del personal amparado bajo el CCT.
En razón de lo anterior asumen el compromiso de no plantear cuestiones de índole económica o monetaria alguna durante la vigencia del mismo.
CUARTA: A fin de mantener negociaciones paritarias previsibles que eviten generar situaciones conflictivas. LAS PARTES disponen que se reunirán en el mes de mayo de 2012 con el objetivo de fijar los salarios que regirán a partir del 1ro de Junio de 2012 de acuerdo al incremento porcentual que negocie SMATA con las empresas terminales automotrices, no superando de ningún modo y bajo ningún concepto el resultado que arroje la misma en el período citado.
QUINTA: LAS PARTES comprometen su mayor esfuerzo en mantener armoniosas y ordenadas relaciones, que permitan atender las exigencias tanto de la Empresa como de los trabajadores, procurando el cumplimiento de los objetivos de seguridad, calidad, producción y exportación con el propósito de asegurar el mantenimiento de la fuente de trabajo.
ESCALA SALARIAL MITHRA A PARTIR DE 01/03/2012
SEGUN ACTA ACUERDO MARZO 2011


CATEGORIAS
Básico al 01/12/20117% Acta Acuerdo marzo 2012Básico al 01/03/2012
Categoría 116,241,1417,38
Categoría 217,281,2118,49
Categoría 318,961,3320,29
Categoría 422,261,5623,82
Categoría 524,351,7026,05


Las escalas salariales de los empleados administrativos están incluidas en las Categorías 1 a la 3 del cuadro precedente.

Fecha de publicación 21/09/2012