JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decisión Administrativa 939/2012
Danse por aprobadas contrataciones en la Subsecretaría de Comunicación Pública de la Secretaría de Comunicación Pública.
Bs. As., 5/10/2012
VISTO el Expediente CUDAP N° 10331/2012 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 reglamentada por el Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002, el Decreto N° 577 del 7 de agosto de 2003, modificado por los Decretos N° 149 del 22 de febrero de 2007, N° 1248 del 14 de septiembre de 2009 y N° 1318 del 29 de agosto de 2011, el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, la Resolución ex SSGP N° 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias y la Decisión Administrativa N° 3 del 21 de enero de 2004, modificada por sus similares N° 1151 del 28 de diciembre de 2006 y N° 52 del 6 de marzo de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación de los contratos suscriptos, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrados entre el titular de la SUBSECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y las agentes nominadas en el Anexo I de la presente medida, de acuerdo con las previsiones del Decreto N° 1421/02.
Que por el artículo 9° del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución ex SSGP N° 48/02 y sus modificatorias las pautas para la aplicación del mismo.
Que las agentes involucradas en la presente medida se encuentran afectadas exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9° del Anexo I del decreto mencionado en primer término del Visto.
Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, aprobado por Decreto N° 2098/08, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios previendo para el nivel C diversas exigencias.
Que los antecedentes curriculares de las agentes nominadas en el Anexo I de la presente medida, resultan atinentes al objetivo de las funciones que les van a ser asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para su realización, por lo que procede aprobar las contrataciones de las mismas como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02.
Que las agentes involucradas en el presente acto han dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6° del Decreto N° 601/02, reglamentario del Decreto N° 491/02, adjuntando la documentación pertinente.
Que el personal de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1° de febrero de 2012, por lo que procede aprobar las respectivas contrataciones con efectos a esa fecha.
Que previo a dar trámite a las presentes contrataciones, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.
Que la financiación de los contratos que se aprueban por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios vigentes de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional N° 26.728.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y del Decreto N° 577/03 y sus modificatorios.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Danse por aprobados, a partir del 1° de febrero de 2012 y hasta el 31 de diciembre de 2012 los contratos suscriptos ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrados entre el titular de la SUBSECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y las agentes nominadas en la planilla que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente decisión administrativa, conforme las condiciones indicadas en el mismo, de acuerdo con las previsiones del artículo 9° del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto N° 1421/02 y de la Resolución ex SSGP N° 48/02 y sus modificatorias.
Art. 2° — Autorízanse las contrataciones que se aprueban en el artículo 1° de la presente medida, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.
ANEXO I
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA
SUBSECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA
APELLIDO Y NOMBRES | D.N.I. | NIVEL GRADO | FUNCION |
BRACHETTI, Mariela Ludmila | 29.847.946 | C-0 | Responsable Administrativa |
PALAVECINO, Haydee Angélica | 10.131.551 | C-0 | Responsable Administrativa |
Fecha de publicación 11/10/2012