Edición del
9 de Septiembre de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACION

Resolución 28/2012

Modifícase el Anexo I a la Resolución N° 27/2002, con la incorporación de la Norma TTN 26.0 “Tasación de Embarcaciones”.

Bs. As., 1/10/2012

VISTO la Ley Nº 21.626 (t.o. 2001) Orgánica del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACION, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 3° de la Ley citada en el Visto, dispone en el inciso b) que será atribución del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACION en pleno, actuar como organismo rector en el ámbito de las tasaciones, estableciendo normas y métodos de alcance nacional.

Que mediante la Resolución del citado Tribunal Nº 27 de fecha 7 de junio de 2002, se resolvió la aplicación en ese organismo de las normas de tasación aprobadas por el Acta de Sesión Especial Nº 14 del 3 de mayo de 2002, que como Anexo I, forman parte integrante de la mencionada resolución.

Que a través de las Resoluciones del mentado organismo Nros. 42 de fecha 30 de agosto de 2002, 58 de fecha 15 de octubre de 2002, 28 de fecha 16 de septiembre de 2004, 29 de fecha 26 de mayo de 2005, 22 de fecha 2 de junio de 2006, 55 de fecha 7 de diciembre de 2007, 10 de fecha 23 de febrero de 2009 y 27 de fecha 13 de julio de 2009 se resolvió modificar el Anexo I a la resolución mencionada en el considerando anterior.

Que mediante Acta de Sesión Especial Nro. 13 de fecha 25 de septiembre de 2012, se resolvió por unanimidad, incorporar nuevas normas de tasación a dicho anexo.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 4° inciso c) de la Ley Orgánica del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACION.

Por ello,

EL PRESIDENTE
DEL TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACION
RESUELVE:

Artículo 1° — Modifícase el Anexo I a la Resolución del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACION Nº 27 de fecha 7 de junio de 2002, con la incorporación de la Norma TTN 26.0, de acuerdo con el detalle que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Galdino A. Cattaneo.

ANEXO I
25 de septiembre de 2012
NORMA TTN 26.0
TASACION DE EMBARCACIONES
Introducción:
La presente norma está orientada a la determinación del valor de embarcaciones deportivas, buques, embarcaciones y artefactos navales de todo tipo, terminados o en construcción.
Objetivo de la tasación: es importante determinar al inicio del trabajo cuál es el objetivo de la tasación, ya que si es para dirimir una controversia, peritaje, pago de un tributo, venta del bien, base de remate, valuación patrimonial, es distinto el enfoque y el alcance de la tasación que debe dar el profesional actuante en cada caso.
En todos los casos toda la información relevada y usada para el cálculo debe estar debidamente fundada y acreditada con las fuentes correspondientes.
Mercado nacional e internacional: se debe tener en cuenta que en el mercado internacional los buques tienen una vida útil máxima de alrededor de 20 años.
Este valor aumenta si se trata de barcazas sin propulsión y puede llegar hasta 25 años.
Si se trata de mercados emergentes como el nacional estos valores de vida útil se incrementan considerablemente y queda a criterio del profesional y de la autoridad marítima cuál es el límite en función del uso de la embarcación, para esos casos es necesario estimar cuál es la vida útil restante independientemente de la edad total del buque, a los efectos de determinar su valor.
PROCEDIMIENTO DE TASACION:
Para el inicio de la tasación se deberá contar con la información básica de cada embarcación que se detalla más adelante, ésta puede ser obtenida de diferentes fuentes:
Armador
Prefectura Naval Argentina, división Técnica Naval para lo cual se requiere una autorización del armador o dueño de la embarcación
Registro de Clasificación.
Los datos a ser relevados son los siguientes:
1. Fecha a la cual es necesaria la tasación
2. Características principales del buque a tasar:
Tipo de buque:
Astillero, y fecha de construcción
Sociedad de Clasificación
Bandera al momento de la tasación
Velocidad máxima, autonomía.
3. Dimensiones principales eslora, manga, puntal, calado, porte bruto y neto, peso buque vacío.
4. Características estructurales
1. Tipo y materiales de construcción.
2. Tipo de uniones.
5. Planta propulsora: cantidad de motores, marca, año de construcción, potencia, rpm.
6. Planta de generación eléctrica: cantidad de generadores, marca, modelo y potencia, hélices transversales, etc.
7. Equipamiento especial: que posea el barco que influya en su valor como helipuerto, etc.
8. Inspección de la embarcación a tasar: en la cual se debe verificar su estado de conservación y verificar la siguiente documentación.
8.1 Certificado de navegación expedidos por la PNA: se deberá verificar su vigencia.
8.2 Libro de Inspecciones técnicas: nos da el historial de las inspecciones realizadas la autoridad marítima y si quedan observaciones pendientes que deban estar cumplidas para la próxima inspección.
8.3 Certificados de Sociedad de Clasificación: Se deberá verificar que se encuentren vigentes los certificados de clase y la fecha en la cual es necesaria una reinspección.
8.4 Fotografías del aspecto interior y exterior de la embarcación.
En caso que su certificado de navegación no esté vigente se debe realizar una estimación del costo que demandará volver a obtener el mismo.
Lo mismo se tendrá en cuenta respecto a los certificados de clase que otorga la Sociedad de Clasificación.
METODOS DE TASACION:
Tasación por depreciación:
Depreciación:
La depreciación de un bien es una pérdida de valor que es independiente de los procesos normales de mantenimiento.
En caso de una transformación o reparación integral profunda (rebuilding) la situación es distinta dado que al originarse un incremento en la vida útil, esta circunstancia incide en una importante revalorización del bien.
En la depreciación de un buque inciden 3 factores:
• Depreciación por antigüedad - que es la pérdida del valor por el simple paso del tiempo desde su origen.
• Depreciación por estado de mantenimiento. Surge de la inspección del bien a criterio del profesional actuante.
• Depreciación por grado de obsolescencia - Dependen de los cambios tecnológicos que se aprecian con referencia a unidades de moderna tecnología.
Diversos autores han coincidido que la pérdida de valor por antigüedad no responde a una variación lineal sino exponencial.
En líneas generales la variación del porcentaje de depreciación responde a un gráfico de las siguientes características (a modo orientativo se muestra en la Figura 1).
Figura 1

Fecha de publicación 11/10/2012