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10 de Mayo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS Código Aduanero (Ley 22.415).

Se le hace saber que en la actuación SIGEA 12211-1971-2006, que tramita por ante el Departamento Procedimientos Legales Aduaneros, División Secretaría de Actuación Nº 1, se ha dictado la siguiente providencia: “Buenos Aires, 22/11/2007, Visto los hechos de autos por lo que se da cuenta que la firma HELICENTER SA (CUIT Nº 30-68079493-2) no habría regularizado en tiempo y forma la situación de parte de la mercadería exportada temporalmente mediante la Destinación de Exportación Temporal N 04 073 ET01 001194 C, lo cual configuraría, en principio, la infracción tipificada en el artículo 970 del Código Aduanero por lo cual se DISPONE LA INSTRUCCION DE SUMARIO en los términos del art. 1090 inc. c ) del Código Aduanero...
Córrase Vista a la firma HELICENTER S.A. (CUIT N° 30-68079493-2), a quien se cita y emplaza para que en el perentorio de diez (10) días de notificada de la presente, comparezca a estar a derecho impetre su defensa y ofrezca todas las pruebas de que intente valerse en un mismo escrito, bajo apercibimiento de declarársela en rebeldía. Téngase presente que deberá constituir domicilio dentro del radio urbano, de este Departamento Procedimientos Legales Aduaneros, ubicado en HIPOLITO YRIGOYEN 460 PISO 1, CAPITAL FEDERAL, bajo apercibimiento de tenerla por constituido en los estrados de esta Oficina Aduanera en la forma prevista en el artículo 1013 inc. g) del Código Aduanero, ello conforme lo dispuesto en el artículo 1004 de la citada normativa legal. Se le hace que si dentro del plazo para contestar la vista efectúa el pago voluntario de la multa mínima cuyo monto asciende a la suma de PESOS CINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS CON TREINTA Y CINCO CENTAVOS ($ 5636,35) se declarará extinguida la acción penal aduanera y no se registrará antecedente (arts. 930 y 932 del C.A.) Asimismo, se hace saber que el importe de los tributos asciende a la suma de PESOS NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON TREINTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 939,39). — Fdo. Dr. MARCELO MIGNONE, Jefe (Int.) del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros. — Dr. ALEJANDRO KOCH, Jefe Div. Secretaría de Actuación Nº 1, Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.

e. 12/10/2012 Nº 104291/12 v. 12/10/2012

Fecha de publicación 12/10/2012