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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION

RESOLUCION Nº 37.139 DEL 5 OCT. /2012

EXPEDIENTE Nº 55.847 RIO URUGUAY COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA s/ Presunto Ejercicio Anormal de la Actividad Aseguradora (Art. 58 Ley 20.091). SINTESIS:

VISTO... Y CONSIDERANDO...

EL SUPERINTENDENTE
DE SEGUROS DE LA NACION
RESUELVE:

ARTICULO 1º — Sancionar a RIO URUGUAY COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA con un APERCIBIMIENTO.

ARTICULO 2º — Una vez firme la presente Resolución, la Gerencia de Autorizaciones y Registros deberá tomar nota de la medida en el Registro de Sanciones y Antecedentes del Organismo.

ARTICULO 3º — Se deja constancia de que la presente Resolución es apelable en los términos del art. 83 de la Ley 20.091.

ARTICULO 4º — Regístrese, notifíquese conforme lo normado por el artículo 41 del Decreto 1759/72 en el domicilio constituido por la entidad aseguradora sito en Avenida Córdoba 612, piso 6º of. “B” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y publíquese en el Boletín Oficial. — Lic. JUAN A. BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la Nación.

e. 12/10/2012 Nº 103278/12 v. 12/10/2012

Fecha de publicación 12/10/2012