CONSEJO SUPERIOR PROFESIONAL DE GEOLOGIA
El Consejo Superior Profesional de Geología, en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 4º de la Resolución de Nº 4 del 28 de abril de 2010 trascribe lo dispuesto por su Art. 1º: “Aplicar al Lic. Oscar Alfredo Cretini, D.N.I. 12.987.172, Matrícula Profesional Nº 1698 la sanción de amonestación. Fundamentar la sanción en el incumplimiento del Artículo 31º del Decreto Ley Nº 8296/63, vale decir haber ejercido la actividad profesional sin tener pagas sucesivas cuotas anuales de Matrícula. En consecuencia se produjo transgresión a las obligaciones que impone la ética profesional, Art. 4º inc. a) del Código de Etica, “Observar y velar el cumplimiento de las normas legales que rigen el ejercicio de la profesión…”, definida como falta ética en forma genérica como en el Art. 5º…” El texto completo de la Resolución 4/2010 está disponible en el sitio del Consejo Superior Profesional de Geología www.consejogeologia.org.ar.
Lic. EDUARDO A. ROSSI, Secretario del CSPG — Lic. LUIS A. GALLINO, Presidente del CSPG.
Actúan en sus caracteres de Secretario y Presidente respectivamente del Consejo Superior Profesional de Geología, con CUIT 33-66340229-9 con domicilio legal en la calle Maipú 645, piso uno, Capital Federal personería que acreditan con los estatutos aprobados por Acta de Asamblea Extraordinaria número 530, folio 109 a 130 de fecha 15 de mayo de 1998 y Acta del Consejo Directivo de Distribución de cargos de fecha 17 de octubre de 2011, fojas 52 a 57 del Libro de Actas, que tengo a la vista, con facultades suficientes.
e. 16/10/2012 Nº 104169/12 v. 16/10/2012
Fecha de publicación 16/10/2012