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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

Resolución Nº 188/2012

Habilitación aduanera provisoria Muelle Flotante NOBLE Argentina S.A. Aduana de San Lorenzo.

Bs. As., 12/10/2012

VISTO la Actuación SIGEA Nº 12509-72-2010/42 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación la firma NOBLE Argentina Sociedad Anónima (CUIT Nº 30-70779108-6), solicita una prórroga de la habilitación aduanera otorgada con carácter provisorio mediante Resolución Nº 37/2012 (SDG OAI) del sector de atraque del Muelle Flotante de su propiedad, ubicado en la margen derecha del Río Coronda, a la altura de la progresiva Km. CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES CON CUARENTA (463,4), en la localidad de Timbúes, Provincia de Santa Fe, jurisdicción de la Aduana de San Lorenzo.

Que se encuentra acreditada en la Actuación SIGEA Nº 12509-72-2010 que la habilitación definitiva del citado puerto en el marco de la Ley Nº 24.093 tramita ante la Secretaría de Transporte por Expediente Nº S01:0261920/2009.

Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.

Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la habilitación solicitada, con carácter provisorio y por el término de TREINTA (30) días corridos.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1° de la Disposición Nº 360/11 (AFIP).

Por ello,

EL SUBDIRECTOR GENERAL
DE LA SUBDIRECCION GENERAL
DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Autorícese la habilitación aduanera del sector de atraque del Muelle Flotante de la firma NOBLE Argentina S.A. (CUIT Nº 30-70779108-6), ubicado en la margen derecha del Río Coronda, a la altura de la progresiva Km. CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES CON CUARENTA (463,4), en la localidad de Timbúes, Provincia de Santa Fe, por el término de TREINTA (30) días corridos.

ARTICULO 2° — La presente entrará en vigencia a partir del día de la fecha.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Rosario. Remítanse los presentes a la Aduana de San Lorenzo para su conocimiento y notificación. — CESAR E. BALCEDA, Subdirector General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

e. 22/10/2012 Nº 106512/12 v. 22/10/2012

Fecha de publicación 22/10/2012