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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución Nº 1271/2012

Bs. As., 15/10/2012

VISTO los Expedientes Nº 186.491/11-SSSalud,

CONSIDERANDO:

Que en el Expediente del VISTO tramita la presentación efectuada por la OBRA SOCIAL DE LA CAMARA DE EMPRESARIOS DE AGENCIAS DE REMISES DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (RNOS 0-0280-8) quien solicita el registro de las reformas efectuadas en los artículos 1°, 2°, 3°, 8°, 27 y 29 de su estatuto.

Que la Gerencia de Control Prestacional señaló que la entidad presentante se encuentra en condiciones de brindar a sus beneficiarios la cobertura médico-asistencial de ley.

Que a fs. 29/35 del Expediente del Visto, luce un ejemplar del Estatuto de la entidad.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos se expidió en el ámbito de su competencia.

Que la Gerencia General tomó la intervención que le compete.

Que esta Superintendencia comparte el criterio vertido por las áreas técnicas del Organismo.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos Nº 1615/96 y Nº 1008/12-PEN.

Por ello,

LA SUPERINTENDENTA
DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:

ARTICULO 1° — REGISTRASE la reforma introducida en los artículos 1°, 2°, 3°, 8°, 27 y 29 del estatuto de la OBRA SOCIAL DE LA CAMARA DE EMPRESARIOS DE AGENCIAS DE REMISES DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (RNOS 0-0280-8), cuyo texto ordenado obra a fs. 29/35 del Expediente Nº 186.491/11-SSSalud.

ARTICULO 2° — AMPLIASE el ámbito de actuación del Agente del Seguro de Salud precitado a todo el territorio de la República Argentina.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, pase al Registro Nacional de Obras Sociales y, oportunamente, archívese. — LILIANA KORENFELD, Superintendenta, Superintendencia de Servicios de Salud.

e. 22/10/2012 Nº 105914/12 v. 22/10/2012

Fecha de publicación 22/10/2012