JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA
Resolución Nº 395/2012
Bs. As., 24/10/2012
VISTO el Expediente Nº 12996/2012 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Decreto Nº 14 del 5 de enero de 2012, la Resolución de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA Nº 52 del 22 de marzo de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 14/12 se aprobó el Régimen de deducción de haberes para el cumplimiento de obligaciones de dar sumas de dinero del personal que revista en los organismos comprendidos en el artículo 8º de la Ley Nº 24.156.
Que en virtud de la Resolución de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA Nº 52/12, se reglamentó el precitado Decreto habiéndose establecido los requisitos que deben reunir las entidades que deseen inscribirse en el mencionado REGISTRO DE ENTIDADES PARTICIPANTES EN EL REGIMEN DE DEDUCCION DE HABERES.
Que por el Expediente citado en el Visto tramitó la solicitud de inscripción en el REGISTRO DE ENTIDADES PARTICIPANTES EN EL REGIMEN DE DEDUCCION DE HABERES, efectuada por GRAN COOPERATIVA DE CREDITO, VIVIENDA, CONSUMO Y SERVICIOS SOCIALES LIMITADA.
Que por Resolución de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA Nº 250 del 26 de julio del 2012 se le otorgó a la citada Cooperativa los siguientes códigos de descuentos: Nº 200191 para crédito, Nº 200193 para proveeduría y consumos y el Nº 200195 para vivienda.
Que la aludida Entidad solicitó un nuevo código de descuento para cuota social en este REGISTRO DE ENTIDADES PARTICIPANTES EN EL REGIMEN DE DEDUCCION DE HABERES.
Que el área técnica competente analizó la documentación acompañada por la peticionante en el marco normativo citado precedentemente, aconsejando la inscripción de GRAN COOPERATIVA DE CREDITO, VIVIENDA, CONSUMO Y SERVICIOS SOCIALES LIMITADA en el REGISTRO DE ENTIDADES PARTICIPANTES EN EL REGIMEN DE DEDUCCION DE HABERES.
Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades acordadas por el artículo 6º, del Anexo I de la Resolución de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA Nº 52/12.
Por ello,
EL SECRETARIO
DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA
DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Otórguese a GRAN COOPERATIVA DE CREDITO, VIVIENDA, CONSUMO Y SERVICIOS SOCIALES LIMITADA, incorporada al REGISTRO DE ENTIDADES PARTICIPANTES EN EL REGIMEN DE DEDUCCION DE HABERES por Resolución SGyCA 250 del 26 de Julio del 2012, el siguiente Código de Descuento: Nº 200192 para cuota social.
ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. FACUNDO P. NEJAMKIS, Secretario de Gabinete y Coordinación Administrativa, Jefatura de Gabinete de Ministros.
e. 30/10/2012 Nº 108675/12 v. 30/10/2012
Fecha de publicación 30/10/2012