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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

Decreto 2076/2012

Dase por designado el Director de Emergencia Agropecuaria de la Dirección Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios de la Secretaría de Coordinación Político-Institucional y Emergencia Agropecuaria.

Bs. As., 29/10/2012

VISTO el Expediente Nº S01:0097101/2012 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012 aprobado por la Ley Nº 26.728, los Decretos Nros. 1.840 de fecha 10 de octubre de 1986, 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y 168 de fecha 3 de febrero de 2012, la Decisión Administrativa Nº 175 de fecha 9 de abril de 2010, la Resolución Nº 43 de fecha 7 de febrero de 2012 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 7º del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012 aprobado por la Ley Nº 26.728, se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de la referida norma, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 10 de la citada ley.

Que el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que por el Artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 175 de fecha 9 de abril de 2010, se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, de la SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR y de la ex- SECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES, todas pertenecientes al MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Que por el Decreto Nº 168 de fecha 3 de febrero de 2012 se modificó el organigrama de aplicación del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, aprobando la creación de la SECRETARIA DE COORDINACION POLITICO-INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGROPECUARIA del citado Ministerio.

Que por el Artículo 1º de la Resolución Nº 43 de fecha 7 de febrero de 2012 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, se aprobaron las dependencias transitorias de las unidades organizativas de primer y segundo nivel de apertura estableciendo a la Dirección de Emergencia Agropecuaria de la Dirección Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios bajo la órbita de la SECRETARIA DE COORDINACION POLITICO-INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGROPECUARIA del mencionado Ministerio.

Que en virtud de específicas razones de servicio de la SECRETARIA DE COORDINACION POLITICO-INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGROPECUARIA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, se considera imprescindible la cobertura de UN (1) cargo vacante Nivel B, Función Ejecutiva III, correspondiente al titular de la Dirección de Emergencia Agropecuaria.

Que para cubrir dicho cargo se propone al señor D. Julio César HAURE (M.I. Nº 11.150.729), quien posee las condiciones de experiencia e idoneidad requeridas para el ejercicio del mismo.

Que si bien el agente que se propone posee condiciones de experiencia e idoneidad para cubrir dicho cargo, debe ser exceptuado de los requisitos establecidos en el Artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008.

Que el Decreto Nº 1.840 de fecha 10 de octubre de 1986, sus modificatorios y complementarios, establece, entre otras medidas, un régimen especial de compensación de los mayores gastos en que incurran los funcionarios convocados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL para cumplir funciones políticas, cuando su residencia sea permanente y se encuentre a una distancia superior a los CIEN KILOMETROS (100 km.) de la sede de los respectivos organismos donde revistan.

Que el funcionario citado precedentemente tiene su residencia permanente en la Ciudad de Villalonga, Provincia de BUENOS AIRES, conforme lo acreditado con la documentación pertinente.

Que ello implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante una excepción a las limitaciones establecidas por el Artículo 7º del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012 aprobado por la Ley Nº 26.728.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que se ha dado cumplimiento a la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los Artículos 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL, 7º y 10 del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012 aprobado por la Ley Nº 26.728 y 1º del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1º — Dase por designado transitoriamente a partir del 1 de enero de 2012 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a partir de la firma de la presente medida, en UN (1) cargo vacante Nivel B, Función Ejecutiva III, de Director de Emergencia Agropecuaria dependiente de la Dirección Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios de la SECRETARIA DE COORDINACION POLITICO-INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGROPECUARIA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, al señor D. Julio César HAURE (M.I. Nº 11.150.729), autorizándose el pago por Suplemento de Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), con autorización excepcional por no reunir los requisitos establecidos en el Artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y con carácter de excepción a lo dispuesto por el Artículo 7º del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012 aprobado por la Ley Nº 26.728.

Art. 2º — El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por Decreto Nº 2.098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado del presente decreto.

Art. 3º — Inclúyese con carácter de excepción y mientras su residencia permanente se encuentre a una distancia superior a los CIEN KILOMETROS (100 km.) de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, dentro de las previsiones del Decreto Nº 1.840 de fecha 10 de octubre de 1986, sus modificatorios y complementarios, al señor D. Julio César HAURE (M.I. Nº 11.150.729), a partir del primer día del mes siguiente al de la fecha de dictado del presente decreto.

Art. 4º — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Norberto G. Yauhar.

Fecha de publicación 02/11/2012