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22 de Marzo de 2006

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA

LA OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES sita en Av. Roque Sáenz Peña 511 3° piso de la C.A.B.A. comunica que con fecha 16 de abril de 2012 se dictó la Disposición Nº 12/2012, mediante la cual el Director Nacional dispuso:
ARTICULO 1º.- Aplícase al proveedor CORPORACION COMERCIAL S.R.L. C.U.I.T. 30-70848146-3, la sanción de inhabilitación para contratar con el Estado Nacional, en los términos del artículo 146, inciso c) del Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios para el Estado Nacional aprobado por el Decreto Nº 436/2000, hasta que se haga efectivo el pago correspondiente a las penalidades aplicadas mediante la Resolución Nº 7279/07 de la entonces SECRETARIA DE COORDINACION y la Resolución Nº 7399/09 de la SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL, ambas dependientes del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
ARTICULO 2°.- Hágase saber a la firma CORPORACION COMERCIAL S.R.L. C.U.I.T. 30-70848146-3 que contra la presente medida podrá interponer el recurso de reconsideración —que lleva implícito el recurso jerárquico en subsidio— dentro de los DIEZ (10) días de notificado, conforme artículos 84 y s.s. del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto Nº 1759/72 T.O. 1991. Asimismo, podrá interponer recurso jerárquico dentro de los QUINCE (15) días de notificado, conforme artículos 89 y s.s. del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto Nº 1759/72 T.O. 1991.
ARTICULO 3°.- Regístrese, notifíquese y archívese. — Lic. GUILLERMO A. BELLINGI, Director Nacional, Oficina Nacional de Contrataciones.
MARIA V. MONTES, Abogada, directora de Elaboración e Interpretación Normativa, Oficina Nacinal de Contrataciones, Subsecretaría de Tecnologías de Gestión.

e. 06/11/2012 Nº 110936/12 v. 08/11/2012

Fecha de publicación 08/11/2012