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30 de Abril de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DEL SINDICATO DEL PERSONAL DE REPOSICION EXTERNA Y/O MERCHANDISING (SI.P.R.E.), APROBADO POR RESOLUCION M.T.E. Y S.S. Nº 692/12.

ARTICULO 1º
Se denomina SINDICATO DEL PERSONAL DE REPOSICION EXTERNA Y/O MERCHANDISING (SI.P.R.E.) la entidad gremial de primer grado, fundada el 12 de agosto de 2005, con domicilio real en la calle Falucho 4845 1 “B” de Mar del Plata y está destinada a agrupar y representar a los trabajadores de cualquier nacionalidad, sexo, raza, credo político o religioso que se desempeñen bajo relación de dependencia en la función, oficio o categoría profesional de Repositor externo y/o Merchandising de productos y/o mercaderías en las diferentes bocas de expendio, como ser minimercados, supermercados, hipermercados minoristas y mayoristas, entre otros.- Como así también los que se desempeñan en establecimientos comerciales e industriales, entidades particulares, actividades civiles con fines de lucro y tengan como actividad principal y/o accesoria la elaboración, fraccionamiento, distribución y comercialización de productos, y la función desempeñada por trabajador, sea de Reposición y/o merchandising, quedara comprendido en su ámbito subjetivo de actuación y los jubilados que cesaren en sus actividades revistiendo en calidad de tal, siempre que al momento de acogerse a dicho beneficio revestía el carácter de afiliado a la entidad,
ARTICULO 2º
ZONA DE ACTUACION:
El Sindicato del Personal de Reposición Externa y/o Merchandising, ejercerá su actividad en el ámbito geográfico que comprende el territorio de General Pueyrredón, General Alvarado, Mar Chiquita, General Madariaga, Villa Gesell, Pinamar, Partido de la costa (ex Municipio del Partido de la Costa) todos ellos pertenecientes al ámbito geográfico de la Provincia de Buenos Aires.
Tendrá domicilio legal en la calle Falucho 4845 1 “B”, de la ciudad de Mar del Plata.
ARTICULO 3º
La entidad tendrá los objetivos y fines que se indican a continuación: a) Agrupar a todos los trabajadores de cualquier nacionalidad, sexo, raza, credo político o religioso que se desempeñen en la función, oficio o categoría de repositor de productos o mercaderías, en la ciudad de Mar del Plata Pcia. de Buenos Aires. b) Representar y defender los intereses gremiales de todos los trabajadores comprendidos en su ámbito subjetivo de actuación, tendiendo a remover los obstáculos que de cualquier forma impidan o dificulten la realización plena; c) Garantizar, practicar y defender la más absoluta autonomía sindical con respecto al Estado, los Empleadores y partidos políticos, organizaciones empresarias, cultos religiosos o cualquier otra estructura ajena al interés específico de sus representados; ch) Propender al desarrollo técnico, profesional, educativo, cultural, sanitario, físico, psíquico y social de sus representados y sus familias, prestando, dentro de las posibilidades del sindicato, servicios sociales, educativos, formativos, técnicos, culturales, jurídicos y médico asistenciales, en forma directa o a través de patrimonio de afectación o instituciones sociales solidarias; d) Propiciar la formación profesional de su afiliados para dignificar su condición de tal, procurando la más justa retribución económica por la labor que desempeñan; e) Actuar en defensa de los derechos e intereses de los repositores y de todo lo que se relacione con sus condiciones de vida y de trabajo; f) Fomentar la creación de fuentes de trabajo estable, impulsar la creación de leyes para erradicar el fraude laboral y el acoso psicológico y moral en el ámbito laboral, la creación de una bolsa de trabajo, la protección de los desempleados de la actividad; g) Garantizar el respeto a toda idea política, filosófica, religiosa y la libre expresión de las ideas que no se opongan ni lesionen la democracia, la tolerancia y los derechos humanos, h) Revalorizar la ética, honestidad transparencia y lealtad en la conducción y representación de sus afiliados, i) La difusión de sus derechos y fomentar el desarrollo de los mismos. j) Realizar todo acto Jurídico tendiente a mejorar la calidad de vida de sus afiliados y el cumplimiento de su Objeto.- k) Peticionar ante las autoridades correspondientes todas las medidas tendientes para logro de sus fines y cumplimiento de su objeto, l) Relacionarse con entidades de iguales características, Federaciones, Confederaciones, Organismos Estatales, ONG. ll) Fomentar la solidaridad y la ayuda recíproca entre sus afiliados.
ARTICULO 32º
La organización Sindical estará administrada y dirigida por una Comisión Directiva de 15 miembros titulares a saber:
1º- Secretario General.
2º- Subsecretario General.
3º- Secretario de Asuntos Gremiales.
4º- Secretario de Finanzas.
5º- Secretario de Administración.
6º- Secretario de Actas.
7º- Secretario de Turismo.
8º- Secretario del Interior.
9º- Secretario de Organización.
10º- Secretario de Acción Social.
11º- Secretario de Cultura y Educación.
12º- Secretario del Departamento de la Mujer
13º- Secretario de Prevención y Mediación en violencia laboral.
14º- Secretario de Deportes
15º- Secretario de la Juventud
Habrá además 5 vocales suplentes que solo integrarán la Comisión Directiva en caso de licencia, renuncia, fallecimiento o separación del cargo de los titulares.
Todos los miembros titulares y suplentes durarán en su mandato cuatro (4) años, pudiendo ser reelegidos.
La totalidad de los cargos titulares corresponderán a la lista ganadora. En el caso de los vocales suplentes, de existir una minoría que supere el (25%) de los votos válidos emitidos, a la mayoría le corresponderán los tres primeros vocales y a la primera minoría los vocales cuarto y quinto. Para el supuesto de existir dos minorías que superen el (25%) de los votos válidos emitidos, los vocales se repartirán de la siguiente forma: A la mayoría le corresponderán los vocales primero y segundo, a la primera minoría los vocales tercero y cuarto y a la segunda minoría el vocal quinto.
MIRTA G. DE PASCOLINI, Jefa Administrativa, Departamento Estructura Sindical.

Fecha de publicación 08/11/2012