AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
Resolución Nº 1424/2012
Bs. As., 23/10/2012
VISTO el Expediente Nº 2566.00.0/06 del registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION y,
CONSIDERANDO:
Que las actuaciones mencionadas en el Visto se relacionan con la solicitud efectuada por la Señora Maria Rosa del Carmen TANCREDI (L.C. Nº 8.783.591), para la adjudicación directa de una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en la localidad de CAÑADA DE GOMEZ, provincia de SANTA FE, Categoría E, en el marco del Régimen de Normalización de Emisoras de FM, establecido por el Decreto Nº 310/98 modificado por sus similares Nº 883/01 y Nº 2/99, reglamentado por Resolución Nº 124-SG/02, modificada por sus similares Nros. 215-SG/04 y 672-SG/06.
Que la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION aprobó, a través del dictado de la Resolución Nº 124/SG/02, modificada por sus similares Nros. 215/SG/04 y 672/SG/06, los pliegos de bases y condiciones generales y particulares oportunamente elaborados, que regirían los llamados a concurso público y el sistema de adjudicación directa.
Que posteriormente, por el artículo 2º de la Resolución Nº 1366-COMFER/06, se dispuso la convocatoria para que las personas físicas y jurídicas en general formularan las solicitudes de adjudicación directa de licencias, para la instalación, funcionamiento y explotación de estaciones de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en los términos del artículo 4° inciso d) del Decreto Nº 310/98 modificado por su similar Nº 883/01, y se aprobó el cronograma para la recepción de las mismas.
Que el Pliego de Bases y Condiciones que rigió el procedimiento para la adjudicación directa de la licencia de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en la localidad de CAÑADA DE GOMEZ, provincia de SANTA FE, estableció los requisitos de forma y de fondo que debían reunir las propuestas que se presentaran al mencionado procedimiento.
Que las áreas competentes de este organismo han evaluado los diversos aspectos de la propuesta presentada, practicando un detallado análisis de la misma con relación a las condiciones y requisitos antes citados.
Que del informe sobre el aspecto cultural y de programación elaborado por la COORDINACION ESPECTRO Y NORMATIVA se colige que la propuesta cumple con lo establecido por el Pliego de Bases y Condiciones.
Que de la evaluación del aspecto personal, efectuada por la DIRECCION DE NORMALIZACION, surge que la propuesta en cuestión no reúne los requisitos exigidos por las normas que regulan la materia, toda vez que la peticionante ha acompañado las Planillas Nº 2 “ANTECEDENTES PROFESIONALES Y CULTURALES” y Nº 3 “DECLARACION JURADA DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES”, sin la debida certificación de firmas incumpliendo con el artículo 3.1 y por ende con los artículos 5.1.3 y 5.1.4 del Pliego de Bases y Condiciones.
Que de la intervención de la DIRECCION GENERAL ADMINISTRACION FINANZAS Y RECURSOS HUMANOS, se concluye que, a pesar de los reiterados requerimientos efectuados, no se ha dado cumplimiento con todos los requisitos establecidos por el artículo 6º del Pliego de Bases y Condiciones.
Que con relación al aspecto técnico de la propuesta, la peticionante dio cumplimiento con el requerimiento impuesto por el artículo 7° del referido Pliego.
Que la Comisión de Preadjudicación, designada por Resolución Nº 176-AFSCA/10, ha concluido que la presentación efectuada por la señora TANCREDI, no se adecua a las exigencias y requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones, considerando que la misma resulta inadmisible.
Que el artículo I de las Disposiciones Complementarias del Decreto Nº 1225/10 faculta a este organismo a concluir con los procesos de normalización pendientes.
Que la Dirección General de Asuntos Legales y Normativa ha tomado la intervención que le compete.
Que el Directorio de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 12 inciso 11) de la Ley Nº 26.522 y el artículo I del Decreto Nº 1225 de 31 de agosto de 2010.
Por ello,
EL DIRECTORIO
DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE
SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Recházase la solicitud presentada por la señora Maria Rosa del Carmen TANCREDI (L.C. Nº 8.783.591), de una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, Categoría E, de la localidad de CAÑADA DE GOMEZ, provincia de SANTA FE, en atención a las razones expuestas en los considerandos precedentes.
ARTICULO 2° — Comuníquese lo resuelto en la presente a la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES.
ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MARTIN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.
e. 09/11/2012 Nº 112224/12 v. 09/11/2012
Fecha de publicación 09/11/2012