ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DIVISION ADUANA DE RIO GALLEGOS
(Art. 1101 y 1013 inc. “h” C.A.).
Se notifica a los interesados que abajo se detallan, de las resoluciones de condena dictadas por esta Administración, detallándose los importes en concepto de multa y tributos que deben abonar dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados a partir de la presente publicación. Vencido el mismo, los importes indicados serán exigidos con más los accesorios que prevén los Art. 794 y 795 s.s. y c.c. Código Aduanero. Que conforme lo instruido mediante la I.G. 05/2010 (AFIP) los interesados deberán tener presente lo establecido en el artículo 1025 del Código Aduanero.
RESOL. | CAUSANTE | DOCUMENTO | MULTA | TRIBUTO |
140-12 | PARRAGA CHUMACERO | 18.874.520 | $ 7.194,37 |
MARCELO MANZOTTI, Administrador (int.), Div. Aduana de Río Gallegos.
e. 13/11/2012 Nº 113308/12 v. 13/11/2012
Fecha de publicación 13/11/2012