MINISTERIO DE DEFENSA
Decisión Administrativa 1146/2012
Desestímanse Ofertas. Apruébase lo actuado en la Licitación Pública N° 115/2011.
Bs. As., 12/11/2012
VISTO el Expediente Nº 22127/2011 del Registro del MINISTERIO DE DEFENSA, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución del MINISTRO DE DEFENSA Nº 1147 del 26 de octubre de 2011 se autorizó el llamado a Licitación Pública Nº 115/2011 para el “Servicio de limpieza integral de los hospitales de las FUERZAS ARMADAS”.
Que de acuerdo a lo determinado en el artículo 2º del ANEXO I aprobado por la Resolución Nº 122 de fecha 6 de septiembre de 2010 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION (SIGEN), se solicitó por Nota de fecha 1º de noviembre de 2011, que se proporcionen los Precios Testigo.
Que por nota de fecha 1º de noviembre de 2011, se solicitó al señor DIRECTOR NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL la publicación por DOS (2) días en el BOLETIN OFICIAL.
Que por nota del 1º de noviembre de 2011 y se solicitó al señor Subsecretario de Comunicación y Contenidos de Difusión de la Secretaría de Comunicación Pública de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la publicación, como mínimo en DOS (2) diarios de mayor circulación en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, por el término de UN (1) día.
Que se difundió el presente procedimiento en la página web de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, y se cursaron comunicaciones a la CONFEDERACION GENERAL EMPRESARIA DE LA REPUBLICA ARGENTINA, a la CONFEDERACION ARGENTINA DE LA MEDIANA EMPRESA, a la CAMARA ARGENTINA DE COMERCIO y a la UNION ARGENTINA DE PROVEEDORES DEL ESTADO.
Que el 2 de diciembre de 2011, se efectuó el Acto de Apertura de las ofertas, habiéndose presentado las firmas LINSER S.A.C.I.S., LA MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES S.A., FLOOR CLEAN S.R.L., SERVICIOS DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO S.A., LIMPOL S.A. y LIMPIOLUX S.A.
Que con fecha 5 de diciembre de 2011, se recibió Nota de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION (SIGEN) Nº 5625/2011 - GNyT, Orden de Trabajo Nº 824/11, informando sobre los Precios Testigo solicitados oportunamente, los cuales se encuentran un VEINTE POR CIENTO (20%) el renglón Nro. 1 y un SEIS POR CIENTO (6%) el renglón Nro. 2, por encima de los precios preadjudicados.
Que la COMISION EVALUADORA, a través del Dictamen de Evaluación Nº 26 del 2 de marzo de 2012, propone adjudicar a la oferta Nº 6 LIMPIOLUX S.A. el renglón Nro. 1 y a la oferta Nº 1 LINSER S.A.C.I.S. el renglón Nro. 2, por ser las ofertas más convenientes y ajustarse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Generales, según Informe técnico Nº 212/11 e Informe Técnico Complementario.
Que continuando con su labor propone desestimar a la oferta Nº 2, LA MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES S.A., por no presentar la documentación solicitada, para ser agregada a la oferta, dentro de los CINCO (5) días hábiles administrativos conforme a lo establecido en el artículo 8º del Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales aprobado por la Resolución del Ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 834 del 12 de octubre de 2000; a la oferta Nº 3, FLOOR CLEAN S.R.L., por no presentar la documentación solicitada, para ser agregada a la oferta, dentro de los CINCO (5) días hábiles administrativos conforme a lo establecido en el artículo 8º del Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales aprobado por la Resolución del Ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 834/2000 y la oferta Nº 4 SERVICIOS DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO S.A., por considerarla técnicamente inconveniente según Informe Técnico Complementario.
Que de acuerdo al Informe Técnico Nº 212/2011, no se analizó técnicamente la oferta Nº 5 LIMPOL S.A., por no dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 74, inciso a), del Anexo al Reglamento aprobado por el Decreto Nº 436 del 30 de mayo de 2000.
Que el 2 de marzo de 2012 las firmas fueron notificadas del mencionado Dictamen sin haber efectuado observaciones ni impugnaciones al mismo.
Que el DIRECTOR DE ASUNTOS LEGALES del MINISTERIO DE DEFENSA en su Dictamen Nº 1180 de fecha 29 de mayo de 2012 y Dictamen Nº 1366 de fecha 14 de junio de 2012, entiende que la falta de apoderamiento suficiente del representante de la oferta Nº 5 LIMPOL S.A. no habilitaría a declarar, sin más, la inadmisibilidad de la referida firma, pues en virtud de los principios generales que rigen la gestión de las contrataciones, correspondería aplicar lo establecido en el artículo 8º del Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales aprobado por la Resolución del Ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 834/00.
Que en virtud de lo mencionado en el párrafo precedente, la Comisión Evaluadora solicitó a la firma LIMPOL S.A. fotocopia certificada y legalizada del poder con las facultades respectivas del representante legal para el objeto de dicha licitación.
Que habiendo dado cumplimiento en tiempo y forma la firma LIMPOL S.A. de la documentación solicitada, la comisión evaluadora mediante Memorándum DGSLD/CEV/Nº 150/2012 de fecha 19 de junio de 2012, propone modificar el carácter de inadmisible a técnicamente desestimada a la firma mencionada, conforme al punto 1. de los apéndices 7º y 8º del Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige el presente acto contractual.
Que la DIRECCION DE GESTION DE ADQUISICIONES dependiente de la DIRECCION GENERAL DEL SERVICIO LOGISTICO DE LA DEFENSA de la SECRETARIA DE PLANEAMIENTO del MINISTERIO DE DEFENSA, con fecha 17 de abril de 2012, confirmó la reserva crediticia correspondiente.
Que el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado debida intervención.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL, y de conformidad con lo previsto en el artículo 35, inciso c), y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto Nº 1344 del 4 de octubre de 2007.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º — Desestímase técnicamente la oferta Nº 5 LIMPOL S.A., por no cumplimentar lo establecido en el punto 1. de los apéndices 7º y 8º del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Art. 2º — Decláranse desestimadas; a la oferta Nº 2 LA MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES S.A. y a la oferta Nº 3 FLOOR CLEAN S.R.L., para los renglones Nros. 1 y 2, por no presentar la documentación correspondiente, dentro de los CINCO (5) días hábiles de solicitada, conforme a lo establecido en el artículo 8º del Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales aprobado por la Resolución del ex - M.E. Nº 834/2000 y la oferta Nº 4 SERVICIOS DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO S.A., para el renglón Nº 1, por considerarla inconveniente según Informe Técnico Complementario.
Art. 3º — Apruébase lo actuado en la Licitación Pública Nº 115/2011 para el “Servicio de Limpieza integral de los Hospitales de las Fuerzas Armadas” y adjudícase a favor de las firmas LIMPIOLUX S.A. (CUIT Nº 30-54098462-6), el renglón Nº 1, por un importe total de PESOS TRECE MILLONES TRESCIENTOS VEINTE MIL ($ 13.320.000,00), IVA incluido, según ANEXO I y LINSER S.A.C.I.S. (CUIT Nº 30-51989149-9), el renglón Nº 2, por un importe total de PESOS DIECISIETE MILLONES QUINIENTOS VEINTE MIL ($ 17.520.000,00), IVA incluido, según ANEXO II.
Art. 4º — Establécese como plazo, lugar y forma de entrega de los servicios al momento de emitir las Ordenes de Compra, los previstos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigió para la presente contratación.
Art. 5º — Dése intervención a la UNIDAD OPERATIVA DE CONTRATACIONES Nº 35/04 del MINISTERIO DE DEFENSA, a efectos de que se efectúen las notificaciones correspondientes a los adjudicatarios y al resto de los oferentes.
Art. 6º — Dése intervención al DEPARTAMENTO SECRETARIA GENERAL de la DIRECCION GENERAL DEL SERVICIO LOGISTICO DE LA DEFENSA, para que efectúe las correspondientes comunicaciones de adjudicación al ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO (HOSPITAL MILITAR CENTRAL CIRUJANO MAYOR DR. COSME ARGERICH) y al ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA (HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES CIRUJANO MAYOR DR. PEDRO MALLO), a los efectos de que los mismos tomen conocimiento de lo actuado, debiendo realizar las afectaciones presupuestarias definitivas.
Art. 7º — Facúltase a los Organismos responsables a emitir las órdenes de compra a favor de los adjudicatarios y proceder a su notificación dentro del plazo de SIETE (7) días contados a partir del dictado de la presente, según lo establecido en el artículo 84 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 436/2000 y sus modificatorios y complementarios en un todo de acuerdo al Apéndice Nº 3 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigió para el presente llamado, debiendo elevar a la Unidad Operativa de Contrataciones Nº 35/04 de la DIRECCION GENERAL DEL SERVICIO LOGISTICO DE LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA, copias autenticadas de las mismas a los fines de ser incorporadas al respectivo acto licitatorio conforme lo establecido en el Punto 16.1. del Anexo de la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 515 del 14 de diciembre de 2000.
Art. 8º — El gasto que se aprueba en el artículo 3º deberá imputarse al presupuesto de la Jurisdicción 45 MINISTERIO DE DEFENSA, Subjurisdicciones 45.21 ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO y 45.22 ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA.
Art. 9º — Delégase en el señor MINISTRO DE DEFENSA la facultad de aprobar la prórroga del acto contractual de acuerdo a lo establecido en el artículo 99 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 436/2000 y sus modificatorios y complementarios, y de conformidad con el artículo 35, inciso c) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias aprobado por el Decreto Nº 1344/2007.
Art. 10. — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Arturo A. Puricelli.
Fecha de publicación 16/11/2012