Superintendencia de Servicios de Salud OBRAS SOCIALES
Resolución 1514/2012
Dase por finalizada la designación del Administrador Provisorio de la Obra Social del Personal de la Industria Azucarera.
Bs. As., 19/11/2012
VISTO el Expediente Nº 133.488/2012-SSSALUD y la Resolución Nº 289/10 S.S.SALUD; y
CONSIDERANDO:
Que en el Expediente del VISTO las autoridades de la FEDERACION DE EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA AZUCARERA (F.E.I.A.) solicitan la normalización de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA AZUCARERA (R.N.O.S 1-0270-6) y el consecuente reconocimiento de sus autoridades, por parte de este Organismo.
Que en tal sentido, acompañan la documentación prevista en el artículo 13 del Decreto Nº 576/93 PEN y a fs. 139 solicitan que se extienda una certificación de autoridades provisoria, en los términos de la Resolución Nº 219/10 S.S.SALUD, hasta tanto se completen la totalidad de los requisitos que se encuentran tramitando.
Que el Agente en cuestión cuenta con un Administrador Provisorio (conf. Res. Nº 289/10 S.S.SALUD) cuya designación obedeció, entre otras causales, al grave conflicto de gobernabilidad suscitado en el seno del Consejo Directivo de la entidad (ver Res. Nº 150/07 y 584/08 S.S.SALUD).
Que a fs. 160/161 y 165, obran agregados, los informes de la Gerencia de Control Económico - Financiero y de Control Prestacional, respectivamente, siendo que en el Expte. Nº 209.030/12, tramita la auditoria integral, llevada a cabo en sede del Agente de Salud.
Que es del caso señalar que el “informe de gestión” presentado por el Administrador Provisorio, por el período abril/2010 a mayo/2012, se encuentra tramitando por Expte. Nº 183.161/11 S.S.SALUD, a efectos de ser analizado por las distintas áreas técnicas del Organismo.
Que a fs. 177, se encuentra agregada la respuesta del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, en la cual se informa que resulta autentico el certificado de “autoridades gremiales” acompañado por la F.E.I.A. (fs. 157), que son quienes, conforme lo determina el estatuto de la Obra Social, están legitimadas para elegir el cuerpo colegiado de conducción y administración de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA AZUCARERA (R.N.O.S. 1-0270-6).
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos, señaló que de las constancias de autos se observa que al presente se habría disipado el conflicto de gobernabilidad que obstaculizaba el normal funcionamiento de la entidad y que fuera una de las razones que motivara la designación de un Administrador Provisorio, por parte de esta Autoridad de Control.
Que la Gerencia General comparte lo actuado por las áreas técnicas del Organismo.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos Nº 1615/96 y 1008/12 PEN
Por ello,
LA SUPERINTENDENTA
DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1º — DASE por finalizada la designación del Sr. Hector Rolando GELSI (D.N.I. Nº 12.978.584) como Administrador Provisorio de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA AZUCARERA (R.N.O.S. 1-0270-6).
Art. 2º — INSTRUYASE al Registro Nacional de Obras Sociales de la Gerencia de Asuntos Jurídicos del Organismo, para que intervenga dentro de la órbita de su competencia, en el reconocimiento de las autoridades de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA AZUCARERA (R.N.O.S. 1-0270-6) en los términos del artículo 12, inciso a) de la Ley Nº 23.660.
Art. 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese, pase al Registro Nacional de Obras Sociales, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y oportunamente archívese. — Liliana Korenfeld.
Fecha de publicación 27/11/2012