Edición del
9 de Mayo de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DIVISION ADUANA DE ROSARIO

Art. 1037 de la Ley 22.415 (Código Aduanero).

Se cita a los interesados para que, dentro de diez (10) días hábiles, con más el plazo de gracia que prevé el Art. 1036 del Código Aduanero, comparezcan en los sumarios que se detallan al pie para tomar vista, presentar su defensa y ofrecer pruebas de que intente valerse, por la presunta infracción que en cada caso se indica al/los Arts. del Código Aduanero (ley 22.415) y bajo apercibimiento de rebeldía. En el mismo plazo deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de esta Aduana (calle 3 de Febrero 1331 (Rosario, Santa Fe)) Art. 1001 C.A. bajo apercibimiento del Art. 1004 de la misma norma. Monto Mínimo de la multa, indicado seguidamente a los fines de los arts. 930 a 932 del código Aduanero.


SA52
INTERESADOINF. ART.MULTA MIN.TRIBUTOSCOMISO
198/2012GENTE DE LA PAMPA S.A.
CUIT Nº 30-58132058-9
994 INC. C)$ 500,00
214/2012TORRES MALLEA JOSE
C.I. (BOL.) Nº 2.222.146
987$ 33.302,89X
222/2012TEJERINA MIGUEL ANGEL
C.I. (BOL.) Nº 8.590.483
987$ 224.288,02X
288/2012PARRA PEREZ VICTORIA
C.I. (BOL.) Nº 1.037.828
987$ 52.503,15X


Ing. Agr. GUSTAVO CURATOLO, Administrador (I), División Aduana de Rosario.

e. 27/11/2012 Nº 117159/12 v. 27/11/2012

Fecha de publicación 27/11/2012