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Legislación y Avisos Oficiales
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PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 1200/2012

Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012.

Bs. As., 22/11/2012

VISTO el Expediente Nº S01:0424924/2012 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Ley Nº 26.728 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012, la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 10 de enero de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario atender obligaciones impostergables de la Administración Nacional.

Que es menester adecuar el Presupuesto vigente del CONSEJO DE LA MAGISTRATURA, de la AUDITORIA GENERAL DE LA NACION, del HONORABLE SENADO DE LA NACION, de la HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, de la BIBLIOTECA DEL CONGRESO DE LA NACION, de la IMPRENTA DEL CONGRESO DE LA NACION y de la DIRECCION DE AYUDA SOCIAL PARA EL PERSONAL DEL CONGRESO DE LA NACION con la finalidad de atender el pago de haberes.

Que asimismo resulta necesario incrementar el Presupuesto vigente del HONORABLE SENADO DE LA NACION a fin de dar cumplimiento parcial al Artículo 71 de la Ley Nº 26.728 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012 y el Presupuesto de la BIBLIOTECA DEL CONGRESO DE LA NACION a efectos de atender gastos de funcionamiento y de inversión.

Que es pertinente atender créditos de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, organismo descentralizado actuante en la órbita de la PRESIDENCIA DE LA NACION, con destino al financiamiento de personal contratado y a gastos de funcionamiento del INSTITUTO SUPERIOR DE CONTROL DE LA GESTION PUBLICA.

Que corresponde reforzar los créditos vigentes de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION y de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO a fin de atender el pago de haberes.

Que, por otra parte, es necesario adecuar créditos del TEATRO NACIONAL CERVANTES, del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO, del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES y de la BIBLIOTECA NACIONAL, organismos descentralizados actuantes en el ámbito de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, a los efectos de atender gastos salariales y de la normal operatoria de los citados organismos.

Que corresponde reforzar los créditos vigentes de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION a fin de posibilitar el normal desarrollo de sus actividades y atender erogaciones en materia salarial.

Que resulta pertinente reforzar el Presupuesto de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a efectos de posibilitar el cumplimiento de compromisos impostergables contraídos por el ESTADO NACIONAL.

Que corresponde reforzar los créditos de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS para atender compromisos asumidos en el marco del “Proyecto Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos”.

Que es necesario reforzar el Presupuesto vigente del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE con el objeto de afrontar los gastos operativos y el plan de obras diferido de la UNIDAD DE GESTION OPERATIVA FERROVIARIA DE EMERGENCIA S.A. (UGOFE) de los Ferrocarriles LINEA SAN MARTIN, LINEA GENERAL ROCA y LINEA BELGRANO SUR, de la UNIDAD DE GESTION OPERATIVA MITRE SARMIENTO S.A. (UGOMS), del FONDO FIDUCIARIO DEL SISTEMA DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE y para atender compromisos con la Conferencia Permanente de Partidos Políticos de América Latina y el Caribe.

Que, por otra parte, es necesario adecuar el crédito vigente de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE y del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, organismos descentralizados actuantes en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, a fin de afrontar gastos salariales, de funcionamiento y el convenio suscripto con el Municipio de Ezeiza para la implementación del Sistema de Emergencias del Aeropuerto Internacional “Ministro Pistarini”.

Que corresponde reforzar los créditos vigentes de la COMISION NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES, organismo descentralizado antes actuante en la órbita del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, a fin de cubrir diferencias por tipo de cambio y atender gastos corrientes.

Que se hace necesario incrementar los créditos vigentes del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO para atender gastos salariales y de funcionamiento.

Que resulta oportuno modificar el Presupuesto del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, organismo actuante en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, con el objeto de financiar gastos de funcionamiento de las unidades penitenciarias y el subsidio al Patronato de Liberados “Dr. Jorge H. Frías”.

Que por los Decretos Nros. 1.004 de fecha 29 de junio de 2012 y 1.307 de fecha 31 de julio de 2012 se dispuso un incremento sobre los haberes mensuales del personal del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL y de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA respectivamente.

Que por efecto de dichos decretos se procede a reforzar el Presupuesto destinado a la atención de los retiros y pensiones del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, organismo actuante en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, organismo actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que es preciso modificar los créditos del ENTE DE COOPERACION TECNICA Y FINANCIERA DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, actuante en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, a efectos de financiar la adquisición de insumos y maquinarias destinados a los talleres de laborterapia, así como atender gastos de mantenimiento de los mismos.

Que, adicionalmente, se modifica el Presupuesto de la GENDARMERIA NACIONAL y de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, organismos actuantes en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD, a través de la incorporación de recursos procedentes de la prestación del servicio de policía adicional y de la percepción de tasas y aranceles.

Que los citados recursos serán destinados al financiamiento de las retribuciones del personal que presta el servicio de policía adicional y de los gastos operativos de las mencionadas Fuerzas de Seguridad.

Que resulta necesario incrementar los créditos vigentes de la Jurisdicción MINISTERIO DE DEFENSA a los efectos de atender gastos en personal del SERVICIO METEOROLOGICO NACIONAL, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE PLANEAMIENTO del MINISTERIO DE DEFENSA, de la ESCUELA DE DEFENSA NACIONAL de la SUBSECRETARIA DE FORMACION de la SECRETARIA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES del citado Ministerio del SERVICIO DE HIDROGRAFIA NAVAL de la citada SECRETARIA DE PLANEAMIENTO, del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO y del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AEREA.

Que es menester ajustar el Presupuesto vigente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, mediante compensación de créditos, a fin de posibilitar la atención normal de sus gastos de funcionamiento.

Que asimismo se modifica el presupuesto del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACION, organismo descentralizado en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, para atender gastos en personal.

Que resulta necesario adecuar el Presupuesto vigente del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de atender compromisos asumidos en el marco del “Plan de Apoyo a Pequeños y Medianos Productores (PAPYM)” y del “Programa de Desarrollo de Economías Regionales”.

Que resulta oportuno ampliar el Presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, con el objeto de permitirle atender mayores gastos operativos y en materia de personal.

Que se debe modificar el crédito vigente del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA y del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, organismos descentralizados del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, con el objeto de posibilitar la atención de gastos en personal y de erogaciones vinculadas a operativos de mantenimiento de buques e insumos para campañas de investigación.

Que resulta pertinente adecuar el Presupuesto de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TURISMO, a fin de incorporar los mayores desembolsos del Préstamo BIRF 7520-AR Proyecto de Manejo Sustentable de Recursos Naturales y otros gastos de funcionamiento.

Que resulta oportuno incrementar los créditos vigentes del INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCION TURISTICA, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TURISMO en virtud de la recaudación extraordinaria obtenida por derechos de inscripción de la etapa Argentina del Tour de France realizado en la Ciudad de San Carlos de Bariloche Provincia de RIO NEGRO, en octubre del corriente año.

Que corresponde incorporar en el MINISTERIO DE TURISMO excedentes de recaudación de ejercicios anteriores de los Préstamos BID 1648/OC-AR “Programa de Mejora de la Competitividad del Sector Turismo” y BID 1868/OC-AR “Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos en Municipios Turísticos” los cuales se compensan con una reducción de las fuentes financieras vigentes provenientes del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).

Que es necesario reestructurar los créditos vigentes de la COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA, organismo descentralizado actuante bajo la órbita de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a fin de adecuar los gastos de funcionamiento a sus necesidades.

Que por otra parte, se deben incorporar remanentes de recaudación de ejercicios anteriores a fin de atender gastos prioritarios de dicha Comisión.

Que, asimismo, resulta menester adecuar el Presupuesto vigente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a los fines de hacer frente a gastos relacionados con el subsidio al precio de la garrafa social, la ampliación de la red de gas natural y a la realización de obras relacionadas con la ampliación de la capacidad de suministro de energía eléctrica.

Que además, es necesario continuar con las políticas impartidas por el ESTADO NACIONAL en cuanto a la ejecución de obras públicas, suministro de servicios públicos y minería.

Que para financiar esos gastos, se propician compensaciones con otras partidas presupuestarias de dicha jurisdicción y con el Presupuesto del ENTE NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS DE SANEAMIENTO, organismo descentralizado actuante en el ámbito del citado Ministerio.

Que es menester incrementar el Presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a los fines de poder realizar estudios e inspecciones, así como también atender gastos de funcionamiento.

Que a su vez resulta procedente modificar por compensación el Presupuesto de la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, para atender gastos inherentes a su normal funcionamiento.

Que resulta necesario incrementar el Presupuesto vigente de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, con el objeto de facilitar la realización de obras en rutas nacionales.

Que a su vez, es preciso modificar el Presupuesto vigente del ENTE NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS DE SANEAMIENTO, financiado con Recursos Propios, con el objeto de posibilitar la ejecución de obras de infraestructura cloacal y de agua potable.

Que en lo que se refiere al SERVICIO GEOLOGICO MINERO ARGENTINO, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, resulta necesario ajustar su Presupuesto vigente a los efectos de adecuar sus gastos en personal a las reales necesidades de ejecución y permitirle atender mayores gastos operativos.

Que corresponde adecuar el Presupuesto vigente del ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, con el fin de atender sus reales necesidades en lo atinente a gastos en personal y de funcionamiento.

Que se debe modificar el Presupuesto del MINISTERIO DE EDUCACION, a los efectos de atender parcialmente la política salarial 2012 acordada para el personal docente, no docente y autoridades superiores de las distintas Universidades Nacionales y la Muestra Tecnópolis.

Que, por otra parte, resulta oportuno adecuar el Presupuesto del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, a efectos de atender el financiamiento de gastos operativos y continuar con el desarrollo de los programas llevados a cabo por dicha cartera ministerial.

Que es necesario incrementar los créditos vigentes del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, para la atención de los estipendios de los becarios y las erogaciones correspondientes a los salarios del mes de noviembre de 2012.

Que resulta pertinente modificar el Presupuesto del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL a fin de atender gastos en materia salarial y las transferencias de los Programas de Recuperación Productiva, Jóvenes con Más y Mejor Trabajo y del Seguro de Capacitación y Empleo.

Que, por otra parte, se deben compensar créditos de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, a efectos de adecuar su presupuesto a las necesidades operativas del mismo.

Que por las Resoluciones Nros. 47 de fecha 16 de febrero de 2012 y 327 de fecha 8 de agosto de 2012, ambas de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS) organismo actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, se establece el valor de la movilidad prevista en el Artículo 32 de la Ley Nº 24.241 y sus modificaciones.

Que en dicho marco corresponde incrementar las partidas presupuestarias de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS) destinadas a la atención de las jubilaciones y pensiones a cargo del citado organismo.

Que los mencionados incrementos se financian con una mayor recaudación de aportes y contribuciones de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS) respecto a la prevista en el Presupuesto vigente.

Que para el MINISTERIO DE SALUD se prevé otorgar un refuerzo en los créditos con el objeto de afrontar erogaciones correspondientes a salarios, atención médica de los pensionados no contributivos; gastos en materia de Salud Mental, erogaciones en el marco del Programa de Abordaje Sanitario y del Programa Nacional de Tenencia Responsable y Sanidad de Perros y Gatos; la adquisición de equipamiento sanitario y de laboratorio; los gastos inherentes al cumplimiento de los convenios para la puesta en funcionamiento del HOSPITAL DE LA MADRE Y EL NIÑO de la Provincia de LA RIOJA y para la construcción del HOSPITAL DE NIÑOS “DR. HECTOR QUINTANA” de la Provincia de JUJUY; aportes para el funcionamiento del HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD EN RED “EL CRUCE - DOCTOR NESTOR CARLOS KIRCHNER” S.A.M.I.C. de la Ciudad de Florencio Varela y para la construcción de la sede del INSTITUTO NACIONAL DE MEDICINA TROPICAL en la Provincia de MISIONES; la adquisición de vacunas, medicamentos, insumos y subsidios varios, entre otros conceptos.

Que asimismo resulta necesario modificar la distribución de los créditos de la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD, a los efectos de adecuar los créditos de esa Entidad a sus necesidades actuales.

Que la modificación propuesta se financia con la incorporación de los recursos propios provenientes de la mayor recaudación y la reducción de las aplicaciones financieras.

Que asimismo se debe adecuar el Presupuesto de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN”, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, con el objeto de profundizar el desarrollo de los proyectos de mejoramiento de las condiciones estructurales, especialmente las vinculadas a las áreas científico técnicas.

Que a su vez se incrementa el Presupuesto de la COLONIA NACIONAL DOCTOR MANUEL A. MONTES DE OCA, organismo descentralizado del MINISTERIO DE SALUD, para ser destinado a la atención de gastos de insumos y funcionamiento.

Que es menester adecuar los créditos del HOSPITAL NACIONAL DR. BALDOMERO SOMMER y del HOSPITAL NACIONAL PROFESOR ALEJANDRO POSADAS, organismos descentralizados actuantes en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD, a los efectos de atender erogaciones en materia salarial.

Que resulta necesario adecuar los créditos vigentes del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, de la SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA y del INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS, organismo descentralizado actuante en la órbita del citado Ministerio, con el objeto de afrontar gastos correspondientes a los salarios del mes de noviembre de 2012.

Que corresponde incrementar los créditos presupuestarios incluidos en la órbita de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, destinados al FERROCARRIL GENERAL BELGRANO SOCIEDAD ANONIMA, a la UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISION YACYRETÁ (UESTY), a la ENTIDAD BINACIONAL YACYRETÁ (EBY), a ENERGIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (ENARSA), a NUCLEOELECTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (NASA), a la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANONIMA (ARSAT), a la Empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA (AYSA), a RADIO Y TELEVISION ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO (RTA S.E.), a EDUC.AR SOCIEDAD DEL ESTADO, a la OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE) y al INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (INCAA), ente público no estatal del ámbito de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que las modificaciones propiciadas están amparadas en las disposiciones del Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, sustituido por el Artículo 1° de la Ley Nº 26.124 y del Artículo 9° de la Ley Nº 26.728.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1° — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Hernán G. Lorenzino.

Fecha de publicación 30/11/2012