Secretaría General CONGRESOS
Resolución 1226/2012
Declárase de Interés Nacional el “XXI Congreso Argentino de Cirugía Cardiovascular y Endovascular - CACCVE 2012” a realizarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Bs. As., 29/11/2012
VISTO la Resolución del Ministerio de Salud de la Nación N°1732 de 2012 y la Actuación N° 149546-12-2 del Registro de la PRESIDENCIA DE LA NACION, donde tramita la solicitud de declarar de Interés Nacional al “XXI CONGRESO ARGENTINO DE CIRUGIA CARDIOVASCULAR Y ENDOVASCULAR - CACCVE 2012”, y
CONSIDERANDO:
Que el evento es organizado por el “COLEGIO ARGENTINO de CIRUJANOS CARDIOVASCULARES y ENDOVASCULARES”, reconocida entidad de nuestro país.
Que el objeto de dicho evento tiene por finalidad, contar con un programa de actualización y nuevas tendencias, cuyo objetivo es acrecentar el intercambio científico y tecnológico de nuestro país con los países participantes.
Que, dicho Congreso cuenta con antecedentes favorables y con la asistencia de especialistas nacionales e internacionales.
Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO DE LA NACION, ha tomado la pertinente intervención al respecto no teniendo objeción a lo solicitado.
Que el MINISTERIO DE SALUD, habiendo tomado la intervención que le corresponde auspicia el mismo mediante la Resolución Ministerial citada en el visto.
Que por su trascendencia e importancia, el evento en cuestión es meritorio de la Declaración de Interés Nacional impulsada.
Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 2°, inciso J del Decreto 101/85 y su modificatorio, Decreto 517/94.
Por ello,
EL SECRETARIO GENERAL
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:
Artículo 1° — Declarar de Interés Nacional el ‘‘XXI CONGRESO ARGENTINO DE CIRUGIA CARDIOVASCULAR Y ENDOVASCULAR - CACCVE 2012”, a realizarse los días 6, 7, y 8 de diciembre de 2012, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de esta Capital Federal.
Art. 2° — La declaración otorgada por el artículo 1° del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001 - SECRETARIA GENERAL - PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 3° — Regístrese, publíquese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Oscar I. J. Parrilli.
Fecha de publicación 03/12/2012