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7 de Febrero de 2017

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución Nº 1608/2012

Bs. As., 6/12/2012

VISTO el Expediente Nº 180.094/10-SSSalud y

CONSIDERANDO:

Que en el Expediente del VISTO tramita la presentación efectuada por la OBRA SOCIAL COOPERATIVA LIMITADA DE ASISTENCIA MEDICA Y FARMACEUTICA, SERVICIOS ASISTENCIALES Y TURISMO DEL PERSONAL SUPERIOR DE LA INDUSTRIA DEL CAUCHO Y OTRAS ACTIVIDADES INDUSTRIALES —CAMPSIC— (RNOS 4-0030-5) a través de la cual solicita se registren las reformas introducidas en el artículo 66 del estatuto que la entidad posee actualmente registrado.

Que a los fines solicitados la entidad adjuntó a fs. 2/4 el Acta Nº 60 de la Asamblea Anual Ordinaria por la cual se decidió la modificación del artículo 66 del estatuto original.

Que las reformas del artículo referido consisten en reducir la duración en el cargo del síndico titular y suplente de cuatro (4) a tres (3) ejercicios y la posibilidad de que dichos integrantes puedan ser reelegidos.

Que la entidad presentante adjuntó copia certificada de la Resolución Nº 3775/11 del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) por la cual se aprobó la reforma introducida al estatuto de la COOPERATIVA LIMITADA DE ASISTENCIA MEDICA Y FARMACEUTICA, SERVICIOS ASISTENCIALES Y TURISMO DEL PERSONAL SUPERIOR DE LA INDUSTRIA DEL CAUCHO Y OTRAS ACTIVIDADES INDUSTRIALES.

Que las modificaciones efectuadas en el mentado artículo 66 se condicen con lo establecido por el artículo 76 de la Ley 20.337 de Cooperativas.

Que a fs. 67/74 del Expediente del Visto, luce un ejemplar del Estatuto de la entidad con las reformas efectuadas.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos se expidió en el ámbito de su competencia.

Que la Gerencia General tomó la intervención que le compete.

Que esta Superintendencia comparte el criterio vertido por las áreas técnicas del Organismo.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos Nº 1615/96-PEN y Nº 1008/12-PEN.

Por ello,

LA SUPERINTENDENTA
DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:

ARTICULO 1º — REGISTRASE las reformas introducidas en el artículo 66 del estatuto de la COOPERATIVA LIMITADA DE ASISTENCIA MEDICA Y FARMACEUTICA, SERVICIOS ASISTENCIALES Y TURISMO DEL PERSONAL SUPERIOR DE LA INDUSTRIA DEL CAUCHO Y OTRAS ACTIVIDADES INDUSTRIALES aprobadas mediante Resolución Nº 3775 de fecha 15 de diciembre de 2011 por el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social cuyo texto ordenado obra a fojas 67/74 del Expediente del Visto.

ARTICULO 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, pase al Registro Nacional de Obras Sociales y, oportunamente, archívese. — LILIANA KORENFELD, Superintendenta, Superintendencia de Servicios de Salud.

e. 13/12/2012 Nº 123291/12 v. 13/12/2012

Fecha de publicación 13/12/2012