ACUERDOS
Ley 26.798
Apruébase el Acuerdo Preferencial de Comercio entre el Mercosur y la Unión Aduanera de Africa del Sur. Sancionada: Noviembre 21 de 2012 Promulgada: Diciembre 13 de 2012
ARTICULO 1° — Apruébase el ACUERDO PREFERENCIAL DE COMERCIO ENTRE EL MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) Y LA UNION ADUANERA DE AFRICA DEL SUR (SACU), suscripto por los Estados Parte del MERCOSUR en Salvador —REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL—, el 15 de diciembre de 2008, y por los Estados Miembros de la SACU en Maseru —REINO DE LESOTHO—, el 3 de abril de 2009, que consta de CUARENTA Y UN (41) artículos y SIETE (7) ANEXOS, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.
ARTICULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTIUN DIAS DE MES DE NOVIEMBRE DEL AÑOS DOS MIL DOCE.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.798 —
AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Gervasio Bozzano. — Juan H. Estrada.
El Senado y Cámara de Diputados
de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de
Ley:
Fecha de publicación 14/12/2012