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19 de Junio de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS DVSAPLA 2

Ref. Nota DVSAPLA 2 Nº 211/2012 Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).

Por ignorarse domicilio, se cita a las personas que más abajo se mencionan, para que dentro de los 10 (diez) días hábiles comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por las infracciones que se indican, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de esta oficina aduanera (Art. 1001 del C.A.) bajo apercibimiento de ley (Art. 1004 del C.A.). Se les hace saber que el pago de la multa mínima y el abandono de la mercadería, de corresponder, producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente (Art. 930/932 del C.A.).


EXPEDIENTE
IMPUTADOINFRACCIONMULTAOBSERVACIONES
10023-8225-2005TITOVITCH OLGA (CUIT Nº 27-188228289-9) y YASHNIKOVA TETYANA (CUIT Nº 23-93882301-4)979 del C.A.$ 41.250Si se solicita la exportación a consumo, para el libramiento de la mercadería será exigido la autorización de la Dirección de Fauna Silvestre de la Nación y el pago de tributos cuya suma asciende a $ 2.062,50


MARIA F. VAZ DE BRITO, Abogada, Jefe Secretaría de Actuación Nº 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.

. 19/12/2012 Nº 125356/12 v. 19/12/2012

Fecha de publicación 19/12/2012