SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DE LA ASOCIACION SINDICAL DE ENFERMEROS DE LOS HOSPITALES Y SANATORIOS MUNICIPALES DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, APROBADO POR RESOLUCION M.T.E. Y S.S. Nº 917/12.
Artículo 1° — A los 10 días del mes de septiembre de 2010, se constituye la fundación de la Asociación Sindical de Enfermeros de los Hospitales y Sanatorios Municipales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como entidad de primer grado, que agrupará a los licenciados en enfermería y enfermeros bajo relación de dependencia con el Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires. Podrán mantener la afiliación los trabajadores que alcancen la jubilación siempre que se hubieren encontrado afiliados a la entidad al momento de acceder a dicha prestación. Tendrá como zona de actuación la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo esta Asociación Gremial de carácter permanente, propenderá a la defensa y el mejoramiento de las condiciones laborales, económicas, profesionales, culturales y sociales de los trabajadores representados de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, fijando domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 30. — El sindicato será dirigido y administrado por una Comisión Directiva compuesta por cinco (5) miembros titulares, que desempeñarán los siguientes cargos:
Secretario General
Secretario Adjunto
Secretario Gremial y de Organización
Secretario Tesorero de Finanzas y Administración
Secretario de Capacitación, Cultura y Difusión
2 Vocales Titulares
2 Vocales Suplentes
Los dos (2) vocales suplentes sólo integrarán la Comisión Directiva en caso de licencia, renuncia, fallecimiento o separación del cargo de los titulares.
El mandato de los miembros de la Comisión Directiva durará cuatro (4) años, y sus integrantes podrán ser reelectos.
MIRTA G. DE PASCOLINI, Jefa Administrativa, Departamento Estructura Sindical.
Fecha de publicación 28/12/2012