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MINISTERIO DE SEGURIDAD

Decisión Administrativa 1420/2012

Apruébase y Adjudícase Licitación Pública Nacional de Etapa Unica N° 9/2011. Decláranse inadmisibles ofertas.

Bs. As., 27/12/2012

VISTO el Expediente Nº S02:0000874/2011, del registro de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, organismo dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la LEY DE ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL Nº 24.156, los Decretos Nros. 436 del 30 de mayo de 2000, sus modificatorios y complementarios, 1023 del 13 de agosto de 2001, sus modificatorios y complementarios, y 1344 del 4 de octubre de 2007, las Resoluciones Nros. 122 del 6 de septiembre de 2010 del registro de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, y 416 del 27 de junio de 2011 del registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto, la POLICIA FEDERAL ARGENTINA tramitó el llamado a Licitación Pública Nacional de Etapa Unica Nº 9/11, sustanciada para la adquisición, instalación y puesta en servicio de espectrofotómetros de absorción atómica, modalidad llave en mano; adquisición de espectrofotómetros infrarrojos, espectrofotómetros UV - VIS NIR, cromatógrafos gaseosos con detector de masa, comparadores de video espectral para documentología, centrífugas de mesa para tubos de ensayo, sin modalidad, solicitados por la DIVISION INVESTIGACION Y DESARROLLO PERICIAL.

Que la autorización del llamado y la aprobación del Pliego de Bases y Condiciones Particulares respectivo se efectuó mediante la Resolución M.S. Nº 416/11.

Que en el acto de apertura de ofertas, realizado el 9 de agosto de 2011, se recibieron las propuestas de las firmas “RESAICAR S.R.L.”, “JENCK S.A.”, “R.D.S. S.A.”, “QUIMICA EROVNE S.A.”, “INSTRUMENTALIA S.A.”, “INTERLINK ARGENTINA S.A.” y “PAAM INSTRUMENTAL S.R.L.”.

Que mediante Nota Nº 3414/11 – GNyT. la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION informó que los bienes requeridos no constituyen una habitualidad cuyo precio representativo de mercado sea factible de relevar mediante los procedimientos usuales, dada la especificidad del objeto del llamado, las particulares características de las prestaciones a ser brindadas, la falta de requerimientos con similares características, así como a las condiciones impuestas por el comitente; atento a ello, y por lo dispuesto en el artículo 4° de la Resolución SIGEN Nº 122/10, no resulta pertinente formular el informe de Precios Testigo solicitado.

Que obra el informe técnico elaborado por la División INVESTIGACION Y DESARROLLO PERICIAL de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, sobre las propuestas presentadas.

Que la COMISION EVALUADORA DE OFERTAS de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA mediante Dictamen Nº 49 del 26 de septiembre de 2011, consideró que procedería declarar inadmisibles las ofertas de las firmas “PAAM INSTRUMENTAL S.R.L.” a tenor de lo dispuesto en el artículo 74 inciso c) del Anexo al Decreto Nº 436/00, por haber constituido como garantía de mantenimiento de oferta un título que no reúne los requisitos mínimos y esenciales para ser considerado pagaré, al no haberse consignado lugar de emisión del mismo; “JENCK S.A.”, Opcional para el renglón Nº 2 de “R.D.S. S.A.”, “INSTRUMENTALIA S.A.” y Opcional para el renglón Nº 2 de “INTERLINK ARGENTINA S.A.”, conforme lo dispuesto en el artículo 74 inciso g) del Anexo al Decreto Nº 436/00, por no haber discriminado en sus ofertas económicas el monto de los seguros, contradiciendo lo dispuesto en el artículo 12° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares; y por último los renglones Nros. 6 de “PAAM INSTRUMENTAL S.R.L.”, 5 —Oferta Alternativa— de “RESAICAR S.R.L.”, 1 de “R.D.S. S.A.”, 6 de “QUIMICA EROVNE S.A.”, 1 —oferta base y oferta alternativa— de “INSTRUMENTALIA S.A.” y 1 de “INTERLINK ARGENTINA S.A.”, a tenor de lo dispuesto en el artículo 74 inciso g) del Anexo al Decreto Nº 436/00, por no ajustarse a lo solicitado en las Especificaciones Técnicas del pliego licitatorio; y asimismo, estimó necesario intimar a las firmas “RESAICAR S.R.L.”, “R.D.S. S.A.” e “INTERLINK ARGENTINA S.A.”, conforme con lo normado en el artículo 141 del Anexo al Decreto Nº 436/00.

Que dicho acto fue notificado a los oferentes interesados de acuerdo con las constancias obrantes en el expediente.

Que la COMISION EVALUADORA DE OFERTAS de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA mediante Dictamen Nº 61 del 1 de noviembre de 2011, procedió a ratificar las inadmisibilidades declaradas en su anterior intervención; opinando que correspondería dictar acto administrativo adjudicando los renglones Nros. 2, 3, 4 y 6 a la firma “R.D.S. S.A.” y el renglón Nº 5 —oferta base— a la firma “RESAICAR S.R.L.”, ambas por ajustarse a lo solicitado y ser sus precios equitativos y corrientes en plaza; desestimando a la firma “INTERLINK ARGENTINA S.A.” por no haber dado cumplimiento en forma satisfactoria a la intimación cursada; y declarando fracasado el renglón Nº 1 por no haberse recibido oferta válida alguna.

Que dicho Dictamen fue publicitado en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA del día 9 de noviembre de 2011, sin haberse deducido impugnación alguna al respecto.

Que el gasto de las adjudicaciones que se pretenden asciende a la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLON TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS (USD 1.393.200,00) y LIBRAS ESTERLINAS TRESCIENTOS SEIS MIL CIENTO NOVENTA CON TREINTA Y CINCO (£ 306.190,35), y será afrontado con cargo a las partidas específicas de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, del ejercicio económico correspondiente.

Que han tomado la intervención de su competencia las DIRECCIONES GENERALES DE ASUNTOS JURIDICOS de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA y la del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, el artículo 35, inciso c) del Anexo al Decreto Nº 1344/07, y el Anexo al referido artículo.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1° — Apruébase lo actuado por la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, organismo dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD, en el trámite de la Licitación Pública Nacional de Etapa Unica Nº 9/11, sustanciada para la adquisición, instalación y puesta en servicio de espectrofotómetros de absorción atómica, modalidad llave en mano; adquisición de espectrofotómetros infrarrojos, espectrofotómetros UV - VIS NIR, cromatógrafos gaseosos con detector de masa, comparadores de video espectral para documentología, centrífugas de mesa para tubos de ensayo, sin modalidad.

Art. 2° — Adjudícanse los renglones Nros. 2, 3, 4 y 6 a la firma “R.D.S. S.A.”, por la suma total de DOLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLON TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS (USD 1.393.200,00), y el renglón Nº 5 —oferta base— a la firma “RESAICAR S.R.L.”, por la suma total de LIBRAS ESTERLINAS TRESCIENTOS SEIS MIL CIENTO NOVENTA CON TREINTA Y CINCO (£ 306.190,35), ambas por ajustarse a lo solicitado y ser sus precios equitativos y corrientes en plaza.

Art. 3° — Decláranse inadmisibles, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente, las ofertas de las firmas “PAAM INSTRUMENTAL S.R.L.”, “JENCK S.A.”, “QUIMICA EROVNE S.A.”, “INSTRUMENTALIA S.A.”, el renglón Nº 1 y Opcional para el renglón Nº 2 de “R.D.S. S.A.”, renglón Nº 1 y Opcional para el renglón Nº 2 de “INTERLINK ARGENTINA S.A.” y el renglón Nº 5 —oferta alternativa— de “RESAICAR S.R.L.”.

Art. 4° — Desestímase, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente, la oferta de la firma “INTERLINK ARGENTINA S.A.”.

Art. 5° — Declárase fracasado el renglón Nº 1 por no haberse recibido oferta válida alguna.

Art. 6° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente será afrontado con las partidas específicas de la Jurisdicción 41 - MINISTERIO DE SEGURIDAD, Subjurisdicción 04 - POLICIA FEDERAL ARGENTINA, del presupuesto del ejercicio económico financiero correspondiente.

Art. 7° — Autorízase a la POLICIA FEDERAL ARGENTINA a emitir las Ordenes de Compra pertinentes.

Art. 8° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Nilda C. Garré.

Fecha de publicación 03/01/2013