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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DEFENSA

Decisión Administrativa 1433/2012

Apruébase y Adjudícase Contratación Directa Interadministrativa Nº 32/2012.

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente Nº 25263/2012 del Registro del MINISTERIO DE DEFENSA, y

CONSIDERANDO:

Que la DIRECCION DE GESTION DE ADQUISICIONES de la DIRECCION GENERAL DEL SERVICIO LOGISTICO DE LA DEFENSA, elevó mediante el Memorándum Nº 457/DGA/DGOA/2012 la Solicitud de Gastos Nº 28/12 para la “Adquisición de munición de diversos calibres para abastecer el Programa de Abastecimiento Consolidado de Insumos para la Defensa - PACID 2012”.

Que en virtud de los distintos requerimientos y los créditos reservados por las correspondientes Fuerzas, se conformó el Programa de Abastecimiento Consolidado de Insumos para la Defensa (PACID) para el Ejercicio 2012, aprobado por la Resolución del MINISTERIO DE DEFENSA Nº 96 del 24 de febrero de 2012.

Que dicha solicitud elevada en el Expediente citado en el VISTO, se encuentra incluida en el mencionado “PACID”.

Que la DIRECCION DE GESTION DE ADQUISICIONES, mediante Memorándum Nº 551/DGA/DGOA/2012 de fecha 17 de septiembre de 2012, confirmó la reserva crediticia correspondiente.

Que en virtud de lo establecido en el artículo 25, inciso d), apartado 8°, del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1023 del 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios y los concordantes del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto Nº 893 del 7 de junio de 2012, se llevó adelante el procedimiento de selección del cocontratante mediante el procedimiento de Contratación Directa “INTERADMINISTRATIVA”.

Que de acuerdo a lo determinado en el artículo 3° inciso d), del ANEXO I de la Resolución Nº 122 del 6 de septiembre de 2010 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION (SIGEN), el mismo se encuentra excluido del control de Precios Testigo.

Que, en tal sentido el MINISTERIO DE DEFENSA consultó a la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES, si ese organismo se encuentra en condiciones de producir y proveer municiones de diversos calibres, informando esta última que se encuentra en condiciones de dar cumplimiento a dicho requerimiento, cotizando los bienes requeridos.

Que con fecha 7 de diciembre de 2012, se acordó el convenio marco entre el MINISTERIO DE DEFENSA y la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES para la ADQUISICION DE MUNICIONES DE DIVERSOS CALIBRES, en el marco del PROGRAMA DE ABASTECIMIENTO CONSOLIDADO DE INSUMOS PARA LA DEFENSA - “PACID 2012”.

Que el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado debida intervención.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL y el artículo 35, inciso c), y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto Nº 1344 del 4 de octubre de 2007 y en virtud de lo dispuesto por el artículo 14 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893 del 7 de junio de 2012.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1° — Apruébase lo actuado en la Contratación Directa “INTERADMINISTRATIVA” Nº 32/2012 para la “Adquisición de munición de diversos calibres para abastecer el Programa de Abastecimiento Consolidado de Insumos para la Defensa - PACID 2012”, y adjudícase la misma a la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES por un importe de PESOS SESENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL DIECIOCHO CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS ($ 68.668.018,37) según ANEXO I.

Art. 2° — Apruébase el convenio marco entre el MINISTERIO DE DEFENSA y la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES para la ADQUISICION DE MUNICIONES DE DIVERSOS CALIBRES, en el marco del PROGRAMA DE ABASTECIMIENTO CONSOLIDADO DE INSUMOS PARA LA DEFENSA - “PACID 2012” suscripto “ad-referéndum” del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, que como Anexo II, se acompaña, en copia autenticada.

Art. 3° — Autorízase al Estado Mayor General del EJERCITO ARGENTINO, al Estado Mayor General de la ARMADA ARGENTINA y al Estado Mayor General de la FUERZA AEREA ARGENTINA a emitir las respectivas Ordenes de Compra.

Art. 4° — El gasto que se aprueba en el artículo 1° deberá imputarse a la Jurisdicción 45 MINISTERIO DE DEFENSA, Subjurisdicciones 45.21 ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO, 45.22 ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA y 45.23 ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AEREA.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Arturo A. Puricelli.

Fecha de publicación 04/01/2013