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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA

Resolución Nº 546/2012

Bs. As., 27/12/2012

VISTO el Expediente Nº 13842/2012 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Decreto Nº 14 del 5 de enero de 2012, la Resolución de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA Nº 52 del 22 de marzo de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 14 del 5 de enero de 2012 se aprobó el Régimen de deducción de haberes para el cumplimiento de obligaciones de dar sumas de dinero del personal que revista en los organismos comprendidos en el artículo 8º de la Ley Nº 24.156.

Que en virtud de la Resolución de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA Nº 52 del 22 de marzo de 2012, se reglamentó el precitado Decreto habiéndose establecido los requisitos que deben reunir las entidades que deseen inscribirse en el mencionado REGISTRO DE ENTIDADES PARTICIPANTES EN EL REGIMEN DE DEDUCCION DE HABERES.

Que por el Expediente citado en el Visto tramitó la solicitud de inscripción en el REGISTRO DE ENTIDADES PARTICIPANTES EN EL REGIMEN DE DEDUCCION DE HABERES, efectuada por la COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO 2 DE ABRIL LIMITADA.

Que por Resolución de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA Nº 251 del 26 de julio de 2012 se le otorgó a la citada Cooperativa los siguientes códigos de descuentos: Nº 200281 para crédito, el Nº 200283 para consumo y proveeduría y el 200285 para vivienda.

Que la aludida Entidad solicitó un nuevo código de descuento para cuota social en este REGISTRO DE ENTIDADES PARTICIPANTES EN EL REGIMEN DE DEDUCCION DE HABERES.

Que el área técnica competente analizó la documentación acompañada por la peticionante en el marco normativo citado precedentemente, aconsejando el otorgamiento a la COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO 2 DE ABRIL LIMITADA del nuevo código de descuento solicitado.

Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades acordadas por el artículo 6º, del Anexo l de la Resolución de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA Nº 52/12.

Por ello,

EL SECRETARIO
DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA
DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:

ARTICULO 1º — Otórguese a la COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO 2 DE ABRIL LIMITADA, incorporada al REGISTRO DE ENTIDADES PARTICIPANTES EN EL REGIMEN DE DEDUCCION DE HABERES por Resolución de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA Nº 251 del 26 de julio de 2012, el siguiente Código de Descuento: Nº 200282 para cuota social.

ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. FACUNDO P. NEJAMKIS, Secretario de Gabinete y Coordinación Administrativa, Jefatura de Gabinete de Ministros.

e. 04/01/2013 Nº 129602/12 v. 04/01/2013

Fecha de publicación 04/01/2013