Edición del
30 de Abril de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DEFENSA

Decisión Administrativa 1409/2012

Apruébase prórroga de la Contratación Directa Nº 04/2011.

Bs. As., 20/12/2012

VISTO el Expediente Nº 7332/2011 del registro del MINISTERIO DE DEFENSA, y

CONSIDERANDO:

Que por Decisión Administrativa Nº 6 del 15 de diciembre de 2011, se aprobó lo actuado en la Contratación Directa “Por Exclusividad” Nro. 04/2011 para la “CONVERSION DE CEDULA DE HELICOPTERO BELL UH-1H A HUEY II Y CERTIFICACION DE LOS TRABAJOS DE INTEGRACION” y se adjudicó a favor de la firma MODENA HELICOPTEROS S.A., CUIT Nro. 30-70921788-3, representante exclusivo en la REPUBLICA ARGENTINA de la empresa BELL HELICOPTER TEXTRON INC. de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, por un importe total de DOLARES ESTADOUNIDENSES CUATRO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL (U$D 4.994.000,00).

Que el Punto 19 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares del acto contractual de referencia en el considerando anterior, contempla la opción a prórroga.

Que el artículo 12, inciso g), del Decreto Nº 1023 del 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios, y el artículo 27, apartado c), del Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales aprobado por la entonces vigente Resolución del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 834 del 12 de octubre de 2000, establecen que la Autoridad Administrativa tendrá la facultad de prorrogar, cuando así se hubiese previsto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, los contratos de suministros de cumplimiento sucesivo o de prestación de servicios.

Que el 26 de enero de 2012, el DEPARTAMENTO GESTION OPERATIVA DE ADQUISICIONES de la DIRECCION GENERAL DEL SERVICIO LOGISTICO DE LA DEFENSA mediante Memorándum DGSLD/DGOA/Nro. 62/2012, solicitó prorrogar el contrato vigente con el referido adjudicatario y confirmó la reserva crediticia correspondiente.

Que con fecha 01 de febrero de 2012, el RESPONSABLE A CARGO de la UNIDAD OPERATIVA DE CONTRATACIONES Nro. 35/04 de la DIRECCION GENERAL DEL SERVICIO LOGISTICO DE LA DEFENSA, informó a la firma MODENA HELICOPTEROS S.A., CUIT Nro. 30-70921788-3, representante exclusivo en la REPUBLICA ARGENTINA de la empresa BELL HELICOPTER TEXTRON INC. de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, que hará uso de la opción a prórroga en las condiciones y precios pactados por única vez por un plazo de UN (1) año de acuerdo a lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares respectivo.

Que la mencionada firma comercial manifiesta su aceptación de la prórroga en cuestión mediante nota de fecha 06 de febrero de 2012.

Que el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado debida intervención.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL; el artículo 12, inciso g) del Decreto Nº 1023/01 y sus modificatorios; el artículo 99, inciso c) del Decreto Nº 436/00 y sus modificatorios; el artículo 35, inciso c) y el anexo a dicho artículo del Anexo del Decreto Nº 1344 del 4 de octubre de 2007, reglamentario de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1° — Apruébase la prórroga por un período de DOCE (12) meses, de la Contratación Directa “Por Exclusividad” Nº 04/2011 para la “CONVERSION DE CELULA DE HELICOPTERO BELL UH-1H A HUEY II Y CERTIFICACION DE LOS TRABAJOS DE INTEGRACION”, a favor de la firma MODENA HELICOPTEROS S.A., CUIT Nro. 30-70921788-3 representante exclusivo en la REPUBLICA ARGENTINA de la empresa BELL HELICOPTER TEXTRON INC. de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, por un importe total de DOLARES ESTADOUNIDENSES CUATRO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL (U$D 4.994.000,00), en las condiciones y precios pactados y con la debida adecuación de los plazos respectivos.

Art. 2° — Establécese como plazo, lugar y forma de entrega, el previsto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigió para la referida Contratación Directa “Por Exclusividad”.

Art. 3° — Autorízase al ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO (DIRECCION DE AVIACION DE EJERCITO) a emitir la respectiva Orden de Compra.

Art. 4° — El gasto que se aprueba en el artículo 1° deberá imputarse a la Jurisdicción 45 MINISTERIO DE DEFENSA, Subjurisdicción 45.21 ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO (DIRECCION DE AVIACION DE EJERCITO).

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Arturo A. Puricelli.

Fecha de publicación 11/01/2013