MINISTERIO DE SALUD
Decreto 2695/2012
Dase por asignada función de Director del Instituto Nacional de Rehabilitación Psicofísica del Sur “Dr. Juan Otimio Tesone”.
Bs. As., 28/12/2012
VISTO los Decretos Nros. 1133 del 25 de agosto de 2009, 491 del 12 de marzo de 2002 y 601 del 11 de abril de 2002 y el Expediente Nº 1-2002-4637000610/11-3 del registro del INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACION PSICOFISICA DEL SUR “DR. JUAN OTIMIO TESONE”, organismo descentralizado que funciona en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las citadas actuaciones la SUBSECRETARIA DE GESTION DE SERVICIOS ASISTENCIALES del citado Ministerio propicia instrumentar la asignación de la función jerarquizada de Director del INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACION PSICOFISICA DEL SUR “DR. JUAN OTIMIO TESONE”, organismo descentralizado dependiente de dicha Subsecretaría, la cual se encuentra vacante como consecuencia de la baja por fallecimiento de quien fuera titular del citado Instituto Nacional, Doctor D. José OROZCO, hecho acontecido el día 29 de julio de 2004, y luego por la obtención de la jubilación ordinaria por parte de la Doctora Da. Nora TOGNETTI, a quien le fuera asignada por Decreto Nº 1665/04, con carácter transitorio, la referida función jerarquizada.
Que la inmediata cobertura de la función aludida resulta imprescindible atento a la naturaleza de la misma y a efectos de asegurar la normal continuidad de las acciones y prestaciones del Instituto Nacional de marras.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se definió, entre otros aspectos, que toda designación de personal o asignación de funciones al mismo, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que por el artículo 2° del Decreto Nº 601/02 se especificó que la asignación de funciones a que se refiere el artículo 1° del Decreto Nº 491/02 comprende a aquellas que impliquen el ejercicio transitorio de un cargo superior o su reemplazo y que genere una mayor erogación y su correspondiente compromiso presupuestario.
Que a los efectos de concretar la comentada asignación de funciones fueron evaluados los antecedentes del Doctor D. Mario RICCIUTO, quien revista en la planta permanente del citado Instituto Nacional en un cargo Categoría Profesional Principal - Grado 8 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD, homologado por Decreto Nº 1133 del 25 de agosto de 2009, contando dicho profesional con la formación académica y la experiencia requerida para ejercer tal función.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, y los Decretos Nº 491/02, artículo 1° y su reglamentario Nº 601/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dase por asignada, con carácter transitorio, a partir del 1° de agosto de 2011, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente Decreto, la función jerarquizada de Director del INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACION PSICOFISICA DEL SUR “DR. JUAN OTIMIO TESONE”, establecimiento de Nivel I que funciona en calidad de organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, al Doctor D. Mario RICCIUTO (DNI Nº 10.690.034) quien revista en la planta permanente del citado establecimiento en un cargo correspondiente al régimen escalafonario del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD, homologado por Decreto Nº 1133 del 25 de agosto de 2009, autorizándose el pago de la referida función directiva.
Art. 2° — La función involucrada deberá ser cubierta de conformidad con los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el artículo 37 y en los Títulos II, Capítulo II, y IV del CONVENIO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL PROFESIONAL DE LOS ESTABLECIMIENTOS HOSPITALARIOS Y ASISTENCIALES E INSTITUTOS DE INVESTIGACION Y PRODUCCION DEPENDIENTES DEL MINISTERIO DE SALUD, homologado por Decreto Nº 1133/09, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado del presente Decreto.
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACION PSICOFISICA DEL SUR “DR. JUAN OTIMIO TESONE”.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Juan L. Manzur.
Fecha de publicación 21/01/2013