Edición del
19 de Mayo de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución Nº 19/2013

Apruébase el texto del Estatuto Social de la Unión de Trabajadores de la Educación.

Bs. As., 18/1/2013

VISTO el Expediente N° 1.405.340/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 23.551, sus modificatorias por Ley N° 25.674 y Ley N° 26.390; Decretos Reglamentarios N° 467/88 y N° 514/03, y

CONSIDERANDO:

Que la UNION DE TRABAJADORES DE LA EDUCACION, CAPITAL con domicilio en Bartolomé Mitre N° 1984, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicita la aprobación de la modificación de su estatuto social.

Que la mencionada asociación sindical obtuvo Personería Gremial, la que fue otorgada mediante Resolución N° 155 de fecha 29 de marzo de 2000 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL; se halla registrada bajo el N° 1611.

Que la entidad modifica su nombre incorporando las siglas, pasando a denominarse UNION DE TRABAJADORES DE LA EDUCACION, CAPITAL (U.T.E. - CAPITAL).

Que esta Autoridad de Aplicación ha efectuado el control de legalidad al que hace referencia el artículo 7 del Decreto N° 467 de fecha 14 de abril de 1988, considerando que la modificación estatutaria efectuada por dicha entidad se ha realizado conforme a las disposiciones de la Ley N° 23.551 y Decreto Reglamentario N° 467/88, no obstante prevalecerán de pleno derecho las disposiciones de la legislación, decretos y demás normas vigentes aplicables en la materia, sobre las normas estatutarias, en cuanto pudieren oponerse.

Que la entidad mantendrá el ámbito de actuación personal y territorial de su Personería Gremial, conforme fuera aprobado oportunamente por esta Autoridad de Aplicación.

Que teniendo en cuenta que las modificaciones efectuadas alteran sustancialmente la normativa estatutaria y que con la incorporación de varios artículos se produce un corrimiento en la numeración del articulado, en atención a principios de concentración, técnica legislativa y economía procesal se aconseja la aprobación íntegra del texto del estatuto de la entidad de autos y la publicación respectiva en el Boletín Oficial.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23 inciso 7° de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto N° 355/02.

Por ello,

EL MINISTRO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase el texto del Estatuto Social de la UNION DE TRABAJADORES DE LA EDUCACION, CAPITAL, con domicilio en Bartolomé Mitre N° 1984, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que en adelante pasará a denominarse UNION DE TRABAJADORES DE LA EDUCACION, CAPITAL (U.T.E. - CAPITAL), obrante a fojas 14/130 del Expediente N° 1.483.040/11, agregado a fojas 226 del Expediente N° 1.405.340/10 de conformidad con las disposiciones de la Ley N° 23.551 y Decreto Reglamentario N° 467/88.

ARTICULO 2° — Déjase expresa constancia que la presente aprobación tiene alcance meramente estatutario, por lo que no implica innovar sobre los ámbitos territorial y personal que, con carácter de Personería Gremial, le fuera oportunamente otorgado a la entidad.

ARTICULO 3° — Establécese que dentro del plazo de diez (10) días a partir de la notificación de esta Resolución, la entidad deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación el estatuto en la forma sintetizada que establece la Resolución N° 12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL bajo apercibimiento de no dar curso a petición alguna que efectúe la entidad, sin perjuicio de aplicar las sanciones legales pertinentes.

ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Fecha de publicación 05/02/2013