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Primera sección


MINISTERIO DE DEFENSA

Decisión Administrativa 1510/2012

Apruébase y Adjudícase Licitación Pública 4/2012.

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente Nº 26.634/2011 del registro del MINISTERIO DE DEFENSA, y

CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones tramita la Licitación Pública Nº 4/12 para la provisión del servicio anual de limpieza y elementos de higiene para el MINISTERIO DE DEFENSA —sede central— y sus organismos dependientes por el término de DOCE (12) meses.

Que con fecha 8 de mayo de 2012 y mediante Resolución del MINISTERIO DE DEFENSA Nº 335, se autorizó el llamado a Licitación Pública para la provisión del servicio mencionado en el considerando precedente.

Que asimismo por la citada Resolución Ministerial se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas tendiente a regir el referido procedimiento de selección.

Que se han cursado invitaciones a las firmas LINSER SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL, INDUSTRIAL Y DE SERVICIOS, LIMSA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, LA MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES SOCIEDAD ANONIMA, LIMPOL SOCIEDAD ANONIMA, INMANTEC SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, COOPERATIVA DE TRABAJO GENERAL DON JOSE DE SAN MARTIN, COOPERATIVA DE TRABAJO ABEDUL LIMITADA, IMPECABLE de PEREZ Walter Leonardo, LAREDO Y ASOCIADOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, EMPRESA MANILA SOCIEDAD ANONIMA y FLOOR CLEAN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.

Que se dispuso la publicación de dicha licitación en el Boletín Oficial los días 23 y 24 de mayo de 2012 y se cursó comunicación a la CAMARA ARGENTINA DE COMERCIO, a la ASOCIACION DE EMPRESAS DE LIMPIEZA y a la UNION ARGENTINA DE PROVEEDORES DEL ESTADO.

Que habiéndose producido la apertura de ofertas el día 21 de junio de 2012 se recibieron las propuestas de las firmas LA MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES SOCIEDAD ANONIMA, MARTIN Y CIA SOCIEDAD ANONIMA, UADEL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA e IMPECABLE de PEREZ Walter Leonardo.

Que con fecha 21 de junio de 2012 la firma IMPECABLE de PEREZ Walter Leonardo —bajo la forma de una impugnación al Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas— interpuso reclamo administrativo en los términos de lo dispuesto por el inciso a) del artículo 24 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19549 y sus modificaciones, reputando de ilegítimas y arbitrarias algunas cláusulas del referido pliego.

Que mediante Resolución del MINISTERIO DE DEFENSA Nº 1011 de fecha 10 de setiembre de 2012 se rechazó el reclamo administrativo interpuesto por la firma señalada en el considerando precedente, en atención a los argumentos desarrollados en el citado acto administrativo y que en honor a la brevedad se dan por reproducidos en la presente.

Que asimismo con fecha 21 de junio de 2012 la firma INMANTEC SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA —bajo la forma de una impugnación al Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas— interpuso un reclamo administrativo en los términos de lo establecido por el inciso a) del artículo 24 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19549 y sus modificaciones, alegando la existencia de cláusulas discriminatorias en el citado pliego.

Que mediante Resolución del MINISTERIO DE DEFENSA Nº 972 de fecha 5 de setiembre de 2012 se rechazó el reclamo administrativo interpuesto por la firma premencionada, en atención a los argumentos desarrollados en el citado acto administrativo y que en honor a la brevedad se dan por reproducidos en la presente.

Que con fecha 7 de mayo de 2012 y en respuesta a la solicitud de precio testigo formulada por la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION del MINISTERIO DE DEFENSA a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, la GERENCIA DE NORMATIVA Y TECNICA del mencionado Organismo ha suministrado un precio testigo equivalente a PESOS DIEZ MILLONES TRESCIENTOS NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO ($ 10.309.968,00).

Que en oportunidad de remitir el precio testigo, manifestó que “los valores informados no contemplan los insumos de reposición, solicitados en el artículo 3º “Baños, Toilettes y Mingitorios”, del Anexo VI, Especificaciones Técnicas, del Pliego de Bases y Condiciones Particulares”.

Que por otra se encuentra glosado un informe técnico producido por la DIVISION SERVICIOS GENERALES de la DIRECCION DE SERVICIOS GENERALES Y CONTRATACIONES de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION del MINISTERIO DE DEFENSA del cual surge que el monto estimado de los insumos exigidos por el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y excluidos del precio testigo brindado por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION asciende a PESOS UN MILLON TRESCIENTOS DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA CON SESENTA Y UN CENTAVOS ($ 1.316.850,61) es decir un equivalente al DOCE COMA SETENTA Y SIETE POR CIENTO (12,77%) del precio testigo remitido por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

Que por otra parte, conforme surge del análisis de las ofertas, la única que cumple con los requisitos exigidos por el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas así como con el Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales para la contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional, aprobado por Resolución del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 834 de fecha 12 de octubre de 2000, es la firma LA MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES SOCIEDAD ANONIMA cuyo monto asciende la suma de PESOS DOCE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y TRES MIL QUINIENTOS TREINTA Y SEIS ($ 12.583.536,00).

Que entre el precio testigo brindado por la GERENCIA DE NORMATIVA Y TECNICA de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y el monto de la oferta correspondiente a la firma LA MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES SOCIEDAD ANONIMA existe una diferencia de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL QUINIENTOS SESENTA Y OCHO ($ 2.273.568,00) equivalente al VEINTIDOS COMA CERO CINCO POR CIENTO (22,05%) respecto del precio fijado por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

Que si al precio testigo se suma el monto correspondiente a los insumos no contemplados por el mismo, el resultado arroja un monto de PESOS ONCE MILLONES SEISCIENTOS VEINTISEIS MIL OCHOCIENTOS DIECIOCHO CON SESENTA Y UN CENTAVOS ($ 11.626.818,61).

Que a tenor del monto reseñado en el considerando anterior, la diferencia existente entre la oferta y el precio testigo suministrado por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION más el precio estimado de los insumos no contemplados resulta equivalente al OCHO CON VEINTIDOS POR CIENTO (8,22%).

Que a pesar de que, en orden a las consideraciones vertidas en el considerando precedente no sería aplicable lo establecido en el punto I.e del Anexo II de la Resolución de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION Nº 122 de fecha 6 de setiembre de 2010, la DIRECCION DE SERVICIOS GENERALES Y CONTRATACIONES dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION del MINISTERIO DE DEFENSA procedió a solicitar la mejora de oferta a la firma LA MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES SOCIEDAD ANONIMA.

Que con fecha 18 de julio de 2012, la mencionada firma contestó que resultaba imposible efectuar una mejora de los valores cotizados.

Que concluido el procedimiento de mejora de precios y teniendo en cuenta los valores arrojados por el informe producido por la DIVISION SERVICIOS GENERALES de la DIRECCION DE SERVICIOS GENERALES Y CONTRATACIONES de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION del MINISTERIO DE DEFENSA, la Comisión Evaluadora de Ofertas mediante Dictamen de Evaluación Nº 15 de fecha 27 de julio de 2012, recomendó declarar inadmisible la oferta presentada por la firma MARTIN Y CIA SOCIEDAD ANONIMA ya que no presentaba el certificado de visita correspondiente al SERVICIO DE CATALOGACION PARA LA DEFENSA (SECADE); no acreditaba poseer el Certificado ISO 14001:2004; no mencionaba la cantidad de empleados asignados a cada uno de los contratos celebrados y adicionalmente presentaba un precio manifiestamente inconveniente a los intereses del Organismo.

Que asimismo, la citada Comisión recomendó declarar inadmisible la oferta presentada por la firma UADEL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA por no presentar el certificado de visita correspondiente al SERVICIO DE CATALOGACION PARA LA DEFENSA (SECADE); no acreditar un capital de trabajo no menor a PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 2.500.000,00) en los DOS (2) últimos ejercicios cerrados y no poseer un índice de endeudamiento menor o igual a CERO COMA SESENTA (0,60) en los DOS (2) últimos ejercicios cerrados, tal como lo exigía el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que rigiera la contratación en cuestión.

Que la Comisión Evaluadora también recomendó declarar inadmisible la oferta presentada por la firma IMPECABLE de PEREZ Walter Leonardo, debido a que la misma no acreditaba poseer el Certificado ISO 14001:2004 exigido por el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que rigiera la contratación.

Que finalmente recomendó, adjudicar la Provisión del Servicio Anual de Limpieza y Elementos de Higiene a la firma LA MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES SOCIEDAD ANONIMA por el monto total de PESOS DOCE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y TRES MIL QUINIENTOS TREINTA Y SEIS ($ 12.583.536,00), por ser la única oferta económica que cumplía con todos los requisitos exigidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y en el Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales para la contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional aprobado por Resolución del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 834 de fecha 12 de octubre de 2000 y por ser el precio conveniente a los intereses del Organismo.

Que el Dictamen de Evaluación se encuentra debidamente notificado a las firmas oferentes y vencido el plazo de impugnación.

Que conforme surge de las constancias glosadas a las actuaciones, existe crédito suficiente para afrontar el gasto de que se trata.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 100 incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por el Artículo 35 inciso c) del Anexo al Decreto Nº 1344 de fecha 4 de octubre de 2007 y el Anexo al referido artículo.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1º — Apruébase lo actuado en la Licitación Pública Nº 4/12, que tiene por objeto la provisión del servicio anual de limpieza y elementos de higiene para el MINISTERIO DE DEFENSA —sede central— y sus organismos dependientes, por el término de DOCE (12) meses.

Art. 2º — Declárase inadmisible la oferta presentada por la firma MARTIN Y CIA SOCIEDAD ANONIMA, ya que no presenta el certificado de visita correspondiente al SERVICIO DE CATALOGACION PARA LA DEFENSA (SECADE); no acredita poseer el Certificado ISO 14001:2004; no menciona la cantidad de empleados asignados a cada uno de los contratos celebrados, incumpliendo con ello los requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y, adicionalmente, presenta un precio manifiestamente inconveniente a los intereses del MINISTERIO DE DEFENSA. Declárase inadmisible la oferta presentada por la firma UADEL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, ya que no presenta el certificado de visita correspondiente al SERVICIO DE CATALOGACION PARA LA DEFENSA (SECADE); no acredita un capital de trabajo no menor a PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 2.500.000,00) en los DOS (2) últimos ejercicios cerrados y no posee un índice de endeudamiento menor o igual a CERO COMA SESENTA (0,60) en los DOS (2) últimos ejercicios cerrados conforme lo exigido por el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que rigiera la contratación. Declárase inadmisible la oferta presentada por la firma IMPECABLE de PEREZ Walter Leonardo, debido a que no posee el Certificado ISO 14001:2004 exigido por el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que rigiera la contratación.

Art. 3º — Adjudícase la Licitación Pública Nº 4/12 a la firma LA MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES SOCIEDAD ANONIMA, por el monto total de PESOS DOCE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y TRES MIL QUINIENTOS TREINTA Y SEIS ($ 12.583.536,00), por el término de DOCE (12) meses, por ser la única oferta ajustada al Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, y al Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales para la contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional aprobado por Resolución del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 834/00 que rigiera la contratación, y por ser el precio conveniente para los intereses del MINISTERIO DE DEFENSA.

Art. 4º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 45 —Subjurisdicción 20— MINISTERIO DE DEFENSA para los ejercicios 2012 y 2013.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Arturo A. Puricelli.

Fecha de publicación 08/02/2013